¿Puede contribuir la inteligencia artificial a la resolución de conflictos?

“Una máquina puede considerarse inteligente si logra engañar a una persona haciéndole creer que es un ser humano”. | Fuente: Imagen de Gerd Altmann en Pixabay

De todas las definiciones se desprende una idea clave y es la posibilidad de que la inteligencia artificial desarrolle comportamientos similares a la humana e incluso aún más completos a la par que complejos en los diversos ámbitos y áreas de la sociedad. 

Tal y como ya se adelantaba en el Libro Blanco sobre la inteligencia artificial (IA) de la Comisión Europea, la IA se está desarrollando a una gran velocidad en multitud de ámbitos y sectores, mostrándose como llave maestra para abrir un nuevo mundo más conectado, pero a la vez repleto de retos y nuevos planteamientos que podrían transformar nuestras sociedades y desafiar el significado del ser humano.

En este sentido, se entiende por inteligencia artificial, “la ciencia de la computación que se ocupa de la automatización de la conducta inteligente”. (Lugar y Stubblefied, 1993), aunque interesa destacar en este punto algunas otras reflexiones significativas, entre ellas las del autor Alan Turning, precusor de la IA y padre de la computación: “Una máquina puede considerarse inteligente si logra engañar a una persona haciéndole creer que es un ser humano”.

De todas las definiciones se desprende una idea clave y es la posibilidad de que la inteligencia artificial desarrolle comportamientos similares a la humana e incluso aún más completos a la par que complejos en los diversos ámbitos y áreas de la sociedad. Ahora bien, para que esto pueda ocurrir se precisa de una evolución e impulso para su puesta en marcha. Esto nos lleva a plantearnos una cuestión fundamental: ¿estamos preparados para aplicar la inteligencia artificial en la resolución extrajudicial de conflictos?

En lo que refiere al ámbito extrajudicial de resolución de conflictos, cabe indicar que no todas las plataformas de resolución de conflictos en línea utilizan la IA para la gestión del conflicto entre las partes. Un ejemplo de ello se puede analizar con la plataforma ODR que ofrece la Comisión Europea, dedicada a la resolución de litigios en línea y que tiene como fin ayudar a consumidores y comerciantes a solucionar conflictos relativos a compras de productos y servicios contratados online.

No obstante, entre las plataformas que utilizan algoritmos de optimización patentados para lograr soluciones justas y eficientes en la gestión del conflicto encontramos, por ejemplo, Smartsettle ONE, que utiliza algoritmos para motivar a las partes en conflicto a que colaboren y lleguen al mejor acuerdo posible a través de sugerencias que se sitúan entre las propuestas visibles intercambiadas por las partes.

En este sentido, y según Smartsettle, “se emplea un servidor neutral en internet que actúa como mediador automatizado imparcial y confiable que comprende cómo se satisface cada parte: inteligencia aumentada en su máxima expresión. El servidor utiliza algoritmos de optimización como una receta que utiliza el servidor neutral para tomar ingredientes de las partes y devolverles algo bueno”.

Tecnología para mejorar la justicia

Ahora bien, ¿es posible que la inteligencia artificial contribuya a mejorar la justicia? El impulso de la transformación digital en materia de justicia obliga a proponer iniciativas tecnológicas que tienen como objetivo principal aprovechar el potencial de innovación que ofrece la tecnología para poner la justicia al servicio de la ciudadanía del siglo XXI, cada vez más exigente y conectada.

El derecho a la justicia es una exigencia a la que todos los Estados deben responder garantizando su aplicación práctica. Para ello, es fundamental la existencia de procedimientos judiciales accesibles a todos los ciudadanos, ágiles y eficaces, que garanticen el acceso a la justicia de acuerdo con el ODS 16 “Paz y Justicia”. En este contexto, el objetivo de la inteligencia artificial aplicada a la justicia se centra en complementar la actividad de los operadores jurídicos, poniendo a su disposición el denominado “Tribunal Multipuertas”.

Este modelo organizativo fue propuesto por el profesor Frank Sander, de la Universidad de Harvard, quien consideró la posibilidad de acudir a un tribunal con múltiples puertas en el que los casos presentados fueran evaluados y derivados a la puerta apropiada en función de sus características concretas. De esta manera, estas puertas serían los diferentes métodos alternativos de solución de conflictos como la negociación, la mediación, la conciliación o el arbitraje. En caso de que sean descartadas las vías alternativas de solución extrajudicial de conflictos, los casos serían derivados a los tribunales jurisdiccionales.

De esta manera, la solución consiste en ofrecer, antes de iniciar el procedimiento judicial, información precisa de las modalidades alternativas a la jurisdicción ordinaria que existen. La implementación de este tribunal multipuertas basado en IA sin duda dotaría de eficiencia y eficacia a la Administración de Justicia.

Si tenemos presente que las partes normalmente prefieren conseguir un acuerdo que pueda satisfacer sus intereses antes de someterse a la decisión de un tercero, la derivación a las modalidades alternativas siempre va a resultar una propuesta de interés.

Todo ello realizado en el marco del Proyecto de Transformación digital de la Justicia “Inmediación Digital y Servicios no presenciales”, que permitirá la identificación segura de sus ciudadanos y operadores mediante métodos ágiles, generando así seguridad jurídica a sus administrados.

Además de contribuir a la descongestión de la carga de trabajo en los juzgados y tribunales, la propuesta que se plantea va a agilizar los procedimientos, permitiendo que las partes sean conscientes de la vía alternativa que mejores resultados puede ofrecerles, todo ello basado en la inteligencia artificial al servicio de la justicia.The Conversation

Maria Petronela Popiuc, Abogada y mediadora. Profesora en Derecho y Criminología y Seguridad, Universidad Camilo José Cela y Miriam Salvador García, Profesora y Directora del Departamento Derecho, Universidad Camilo José Cela

Este artículo fue publicado originalmente en The Conversation. Lea el original.

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