Vicepresidenta del TC sobre indulto a Alberto Fujimori: “Lo que debe hacer el juez es cumplir la sentencia”

Tribunal Constitucional dejó abierta la posibilidad para la liberación de Alberto Fujimori a pesar de que la Corte Interamericana de Derechos Humanos ordenó lo contrario el año pasado. | Fuente: RPP

Luz Pacheco, vicepresidenta del Tribunal Constitucional (TC), defendió la resolución emitida en la víspera por su institución y que reabre la posibilidad de restituir el indulto al exmandatario, Alberto Fujimori.

La vicepresidenta del Tribunal Constitucional, Luz Pacheco, señaló que corresponde a la Corte de Justicia de Ica cumplir la sentencia” respecto al fallo que emitió el TC y que determina que debe restituirse el indulto que le fue otorgado al expresidente, Alberto Fujimori, en el 2017.

La decisión fue derivada al colegiado iqueño para que un juez constitucional resuelva el indulto al exmandatario, quien actualmente cumple una condena de 25 años de prisión por delitos de lesa humanidad.

Y es que el abogado Gregorio Parco presentó un hábeas corpus en Ica en el año 2020. El recurso fue declarado fundado por el TC, que determinó -en el 2022- restablecer los efectos del indulto humanitario que le otorgó el entonces presidente Pedro Pablo Kuczynski en 2017 y que fuera frenado por una resolución de la Corte Interamericana de Derechos Humanos (CorteIDH).

“Lo que hemos dicho, efectivamente, es que lo que tiene que hacer el juez es cumplir la sentencia. Nosotros no hemos dado sentencia, sino que hemos respondido a dos pedidos de aclaración. Uno del abogado del señor Fujimori y otro del procurador público”, dijo la magistrada en el programa Nunca es tarde de RPP.

A ello, agregó que “lo único que podíamos hacer era aclarar los dos pedidos” y que ahora es el juez “quien está facultado para hacer ejecutar esa sentencia que se dio el año anterior” y que resolvía que “(Fujimori) debía ser excarcelado de inmediato”.

Resoluciones del TC son impugnables, afirma magistrada

En ese sentido, explicó que los dictámenes una vez emitidos por el Tribunal Constitucional son impugnables y que “la resolución de la Corte Interamericana fue posterior a la sentencia”.

“La sentencia tenía carácter de cosa juzgada, nadie la podía cambiar. Había solo dos pedidos de aclaración que nosotros hemos resuelto, nada más podíamos decir”, agregó.

“La convención interamericana dice expresamente que, si la decisión nacional es más protectora que la decisión de la Corte, hay que aplicar la decisión nacional y estamos hablando de un derecho humano, de un indulto. ¿Qué es más protector? La decisión de la Corte o la del juez peruano, en este caso, la del Tribunal Constitucional”, manifestó.

Por otro lado, señaló que puede presentarse un escenario donde el juez de Ica acate lo que dijo en su momento la Corte Interamericana de Derechos Humanos y no proceda a la excarcelación de Alberto Fujimori; por lo que el afectado deberá recurrir al recurso de ‘apelación por salto’.

“La persona que ha recibido un fallo favorable y ve que el juez no cumple, entonces presenta un escrito al juez que tiene la obligación de enviarla inmediatamente al Tribunal para que tome conocimiento y dicte una medida definitiva”, explicó.

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Licenciado en Ciencias de la Comunicación por la Universidad San Martín de Porres. Periodista con experiencia en medios digitales. Redacto notas de actualidad, regiones, política y mundo.

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