El TC aseguró que es contraria a la Constitución la denegatoria fáctica de la cuestión de confianza y estableció que es competencia del Congreso determinar su rechazo, rehusamiento o su negatoria.
El Tribunal Constitucional (TC) se pronunció este lunes sobre la demanda competencial planteada por el Congreso contra el Poder Ejecutivo, respecto de la cuestión de confianza, que declararon fundada. En ese sentido, indicaron que la denegatoria fáctica de dicha figura es contraria a la Constitución.
La institución indicó, además, que es competencia del Congreso determinar su rechazo, rehusamiento y su negatoria ante la propuesta del Poder Ejecutivo.
El Tribunal Constitucional anuló también el acuerdo del Consejo de Ministros de fecha 24 de noviembre de 2022, en cuanto establece que el rechazo de plano supone el rehusamiento o denegatoria de la cuestión de confianza.
"Declarar FUNDADA en parte la demanda competencial planteada por el Congreso de la República contra el Poder Ejecutivo y, en consecuencia, ANULAR el Acuerdo del Consejo de Ministros de fecha 24 de noviembre de 2022 en cuanto establece que el rechazo de plano supone el rehusamiento o denegatoria de la cuestión de confianza", se lee en la sentencia del TC.
Así inició el caso
Aníbal Torres, extitular del Consejo de Ministrios, planteó dicho mecanismo el año pasado para que el Congreso apruebe una iniciativa del Ejecutivo que tenía como fin derogar la Ley 31399, que protege la Constitución para limitar el referéndum. Sin embargo, luego de que se rechazara de plano esta figura, el gobierno lo tomó como una negativa.
Torres tuvo que renunciar al cargo y la entonces congresista Betssy Chávez asumió como nueva presidenta del Consejo de Ministros. Tras ello el presidente Pedro Castillo hizo cambios en su gabinete, presentando seis nuevos funcionarios.
El Tribunal Constitucional señala, siete meses después, que el Poder Ejecutivo no se encuentra habilitado para realizar una interpretación contraria a la que haya realizado el Congreso.
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