Tribunal Constitucional admite a trámite demanda de inconstitucionalidad contra la reforma a la Ley Forestal

La norma modifica dos artículos de la Ley Forestal y agrega dos disposiciones vinculadas a la zonificación y títulos habilitantes | Fuente: Andina

El Tribunal Constitucional admitió a trámite la demanda presentada por el Colegio de Sociólogos del Perú contra las reformas a la Ley Forestal promulgadas por el Congreso el pasado 11 de enero.

El Tribunal Constitucional (TC) resolvió admitir a trámite la demanda de inconstitucionalidad interpuesta por el Colegio de Sociólogos del Perú contra la Ley 31973 que modifica la Ley Forestal y de Fauna Silvestre. 

Como se recuerda, el pasado 11 de enero, el presidente del Congreso, Alejandro Soto, y el segundo vicepresidente de dicho poder del Estado, Waldemar Cerrón, oficializaron la referida norma que modifica los artículos 29 y 33 de dicha ley, e incorpora dos disposiciones complementarias.

La primera es la suspensión de "la obligatoriedad de exigir la zonificación forestal como requisito para el otorgamiento de títulos habilitantes"; y la segunda, la prohibición de otorgar títulos habilitantes "durante el periodo de suspensión de la exigencia de la zonificación forestal".

Ante ello, el 15 de enero, el Colegio de Sociólogos del Perú presentó la referida demanda ante el TC que, el último sábado, decidió admitir a trámite y correr traslado del recurso "al Congreso de la República para que se apersone al proceso y la conteste dentro de los 30 días útiles siguientes a la notificación de la resolución".

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Fundamentos

Según la resolución del TC, el Colegio de Sociólogos del Perú alega que la Ley 31973 "se encuentra en conflicto con el deber que pesa sobre la sociedad de respetar el principio de dignidad recogido en el artículo 1 de la Constitución".

"Sostiene que los derechos fundamentales tienen un efecto horizontal que obliga a los particulares, y añade que la obligación de respetar el medio ambiente corresponde también a los posesionarios de territorios con aptitud forestal", indica.

"Además, afirma que la Ley 31973 pretende la impunidad en materia penal de las personas que han deforestado bosques, contraviniendo el principio de retroactividad regulado en el artículo 103 de la Constitución", agrega.

El demandante también alegó que la norma "contraviene el subprincipio de equidad intergeneracional, que pertenece al ámbito del principio de desarrollo sostenible, en tanto que la norma impugnada permite acabar con el patrimonio forestal privando a los futuros ciudadanos de la posibilidad disfrutar de un medio ambiente equilibrado".

"Por último, el colegio profesional recurrente advierte que la norma cuestionada fue aprobada por el Congreso sin realizar una consulta previa, y acota que la Ley 31973 promueve el despojo de tierras ocupadas tradicionalmente por las comunidades nativas, afectando, además, su acceso a los recursos naturales que les permiten la supervivencia", añade la resolución. 

Tras considerar estos argumentos, el TC decidió "admitir a trámite la demanda de autos interpuesta contra la Ley 31973".

Polémica promulgación

La modificación a la Ley Forestal inició su recorrido en el presente periodo legislativo en noviembre del 2021, tras ser presentada la propuesta de ley por la congresista Elizabeth Medina (Perú Libre).

No obstante, después de su aprobación en el pleno, la autógrafa fue observada por el Ejecutivo en agosto del 2022, alegando una contravención "a la finalidad y objetivos" de la Ley Forestal, "referidos a promover el uso sostenible de los recursos naturales y la conservación de la diversidad biológica, atentando contra el desarrollo sostenible de la Amazonía".

En marzo del año pasado, la autógrafa observada volvió a ser votada en el Pleno del Congreso, sin embargo, la insistencia fue rechazada. Inmediatamente, los parlamentarios Elvis Vegara (Acción Popular) y Nilza Chacón (Fuerza Popular) presentaron sendas reconsideraciones para que la propuesta vuelva a ser votada. 

Nueve meses después, el 14 de diciembre, a puertas de finalizar la legislatura anual, la Junta de Portavoces amplió la agenda del pleno e incorporó la propuesta para que vuelva a ser votada. Finalmente, se volvió a aprobar la norma, con 69 votos a favor.

No obstante, cinco días después, se admitieron dos reconsideraciones de las congresistas Luque Ibarra y Paredes Piqué, de la bancada Cambio Democrático-Juntos por el Perú. Ambas debían ser votadas en la próxima sesión plenaria antes de la promulgación de la autógrafa. Sin embargo, según denunciaron las parlamentarias en sus redes sociales, se oficializó la norma sin que se haya considerado ambos recursos.

Al respecto, el presidente del Parlamento, en diálogo con RPPindicó que dichas reconsideraciones se presentaron de manera extemporánea, por lo que no había "impedimento" para promulgar la autógrafa. 

"Sobre las supuestas reconsideraciones que se habrían planteado sobre la Ley Forestal, tengo que dejar en claro que, de acuerdo con información del Oficial Mayor, las reconsideraciones presentadas por parlamentarios respecto de esta autógrafa de ley han sido presentadas de forma extemporánea. Por tanto, no había ningún impedimento para que la presidencia pueda suscribir la autógrafa de ley", aseveró.

¿Cuál es el riesgo que representa la nueva norma?

Antes y después de la promulgación de la norma, diversas organizaciones ambientales, indígenas, y miembros de la sociedad civil especialistas en el tema alertaron de los riesgos que podría representar la nueva norma. 

La Asociación Interétnica de Desarrollo de la Selva Peruana (Aidesep) emitió un comunicado el pasado jueves rechazando las modificaciones a la Ley Forestal por atentar "contra los derechos indígenas", pues "se promovió inconsultamente y de manera ilegal en el Congreso".

Aidesep señaló que, el último martes, enviaron una carta al presidente del Parlamento solicitando el archivo definitivo de la propuesta porque "promueve la deforestación y facilita el otorgamiento de derechos sobre nuestros bosques"; sin embargo, esta habría sido ignorada.

"En la última misiva enviada, las organizaciones indígenas nacionales manifestaron que los responsables de la modificatoria de la LFFS pueden incurrir en responsabilidad administrativa funcional, responsabilidad civil y/o responsabilidad penal, esto debido a que no se respetó el mismo reglamento del Congreso. Además, la PPICC utilizará todas las vías existentes legales para lograr la derogatoria de la mencionada modificatoria", señaló la organización. 

"Al respecto, (AIDESEP) señaló la urgencia de que la Defensoría del Pueblo y/o alguna entidad competente interponga la acción de inconstitucionalidad frente a esta nueva violación por parte del Congreso", agregó. 

Por su parte, en entrevista con RPPJulia Urrunaga, directora de la oenegé Agencia de Investigación Ambiental, indicó que la norma está "abriendo la puerta para legalizar toda la deforestación ilegal que se ha producido en el Perú en los últimos 40 años", y que "todo lo que ha sido ilegal hasta este momento se volvería legal".

"Durante los últimos dos años en que se ha venido discutiendo esta ley en el Congreso (…), los pueblos y organizaciones indígenas han estado mandando cartas permanentemente cartas al Congreso pidiendo participar y dar su opinión (…) Nadie les ha preguntado lo que opinan, y no se puede decir que legalizar áreas deforestadas en la Amazonía y los Andes no va a afectar a los pueblos indígenas (…) Hay más de treinta defensores indígenas asesinados en los últimos años, y esto es una burla: aquellos deforestadores ilegales contra los que se han enfrentado ahora van a ser legalizados", sostuvo.

Además, Urrunaga consideró que la nueva ley vulnera tratados internacionales como el Tratado de Libre Comercio (TLC) suscrito con EE.UU.

"Se viola el TLC entre Perú y EE.UU. que tiene una cláusula específica al respecto (…) que es vinculante, que dice que los países no pueden debilitar su legislación ambiental para promover comercio, y acá eso es lo que se está haciendo (…), una violación directa al TLC", añadió. 

A su vez, Iris Olivera, líder del proyecto 'Dar', en diálogo con RPP, indicó que la norma "da carta blanca" a la deforestación de bosques, y que "excluye al Minam para la aprobación de la zonificación forestal”.

"Pero lo más perjudicial es la disposición complementaria y final (…) donde presentan que aquellas áreas con propiedad o en posesión que realicen actividades agropecuarias, automáticamente, serán llamadas áreas de exclusión agropecuaria, y para estos casos podrán acceder a la titulación, pero serán excluidas de una herramienta importante que es un filtro técnico que es la clasificación de tierras por su uso mayor”, aseveró.

“Independientemente de dónde estén asentadas estas áreas (…), si ya desarrollan actividades agropecuarias podrán acceder a un título de propiedad y serán exonerados de presentar requisitos exigidos en los instrumentos de gestión ambiental para actividades agropecuarias que debe presentar cualquier emprendimiento económico", resaltó. 

Para la especialista, esto generaría un grave riesgo ya que se estaría "legalizando la deforestación en la Amazonía peruana, pues estarían ocupando áreas independientemente de su capacidad técnica".

"Bosques forestales con capacidad de solo ser forestales, si vienen siendo deforestados (…) y se pone actividades agropecuarias, automáticamente tendrán esta categoría y serán excluidas de cualquier filtro técnico", puntualizó. 

A favor de la norma

Mientras tanto, el exministro de Agricultura Juan Manuel Benites señaló que la nueva norma corrige observaciones a la Ley Forestal y "pone una fecha de corte" para adecuar la agricultura y evitar la deforestación.

"En el tema de los bosques de producción permanente había un error en la ley original, y eso lo saben todos. Se le había adscrito al Minam una competencia que no le correspondía: los bosques de producción permanente son responsabilidad del Serfor. Eso se ha corregido", indicó.

"En cuanto a la zonificación forestal, se mantiene la opinión previa del Minam, lo cual es un candado y es saludable. (...) Y, por último, está esta disposición complementaria, que es la que creo ha generado más problemas con el sector ambiental. ¿Por qué? Porque lo están enfocando mal. Ellos están viendo esto como si fuera para el futuro", agregó.

En ese sentido, destacó que la reciente ley permitirá que, al ciudadano con título o constancia de posesión en un terreno específico, que ya realiza agricultura, no se le exija probar si su suelo es agrario, "que ya tiene y que ya está deforestado".

"Los que tenga título de propiedad o constancias de posesión emitidos por una entidad competente, no cualquiera, no los que llegan hoy o mañana, los que ya tienen un derecho real otorgado por el Estado y que ya estén haciendo agricultura y no tengan masa boscosa. Por lo tanto, si estoy haciendo agricultura, café, cacao, palma o lo que fuera obviamente ahí ya no hay bosque. A ellos se les concede la posibilidad de decir: ustedes ya no presentan clasificación de tierras porque no tiene ningún sentido porque están haciendo agricultura y lo vamos a exonerar de cambio de uso", precisó.

Asimismo, la exvicepresidenta Mercedes Aráoz consideró que hay una "mala interpretación" de la norma recién promulgada, puesto que "no se busca deforestar más, no se quiere tomar las zonas de las propiedades indígenas para nada"

"La ley anterior tiene un espacio como que no queda claro: todo el Perú sería de vocación forestal, inclusive la costa, los desiertos donde hay bosques secos, y hay zonas donde se hace trabajo y una expansión agrícola previa que es reconocida. Habría que dar derechos de propiedad para que sea con claridad y que nunca se avance en la deforestación de las áreas que son realmente importantes", sostuvo.

Aráoz indicó que la norma va en contra de la idea "de que no se pudiera titulizar tierras que antes han tenido vocación forestal y que hoy día están concesionadas y la gente tiene propiedad real de esas tierras".

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Luis Felipe Rodriguez Jimenez

Luis Felipe Rodriguez Jimenez Redactor web / Periodista

Periodista formado en las aulas sanmarquinas. Trabajo en temas políticos y culturales

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