Poder Judicial revoca prisión preventiva contra Sada Goray y dicta comparecencia con restricciones por caso Fondo MiVivienda

Sada Goray y Mauricio Fernandini fueron detenidos preliminarmente el 7 de julio del año pasado por el caso Fondo MiVivienda | Fuente: Poder Judicial

La Sala Penal Permanente de la Corte Suprema ordenó, además, 36 meses de impedimento de salida del país contra Sada Goray, Pedro Arroyo Marquina y Róger Gavidia Johanson, investigados por el presunto delito de colusión.

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El Poder Judicial dispuso revocar la medida de prisión preventiva impuesta contra Sada Goray y otros dos investigados por el presunto delito de colusión, en el caso Fondo MiVivienda.

La Sala Penal Permanente de la Corte Suprema ordenó la medida de comparecencia con restricciones e impedimento de salida del país por 36 meses contra la referida empresaria, al igual que para Pedro Arroyo Marquina y Róger Gavidia Johanson

"No existen indicios de peligro de fuga ni obstaculización de la investigación"

El tribunal concluyó que la medida de comparecencia con restricciones "es proporcional" con la actual etapa del proceso que afrontan los investigados, dado que "los tres investigados tienen arraigo domiciliario, laboral y familiar, y no existen indicios en su contra que adviertan el peligro de fuga ni de obstaculización de la investigación". 

Por esta disposición, Sada Goray afrontará en libertad la investigación preparatoria que se le sigue por el caso 'Fondo MiVivienda', cuyos presuntos hechos delictivos habrían ocurrido durante el gobierno del expresidente Pedro Castillo.

Vale señalar que la defensa legal de Sada Goray demandó, a través de un recurso de casación, que dicha sala suprema, presidida por el juez César San Martín, se pronuncie sobre la validez de que la Fiscalía cuestione su arraigo cuando había aceptado la presencia de la investigada en el extranjero.

Además, la defensa de la empresaria cuestionaba el criterio de la Quinta Sala Penal de Apelaciones Nacional acerca de si la sola pertenencia a una presunta organización criminal es suficiente para estimar la existencia de peligro de fuga y, si puede negarse el arraigo domiciliario y familiar si un investigado tiene familia y carece de una residencia habitual permanente.

Como se recuerda, el 20 de octubre del 2023, la referida sala de apelaciones confirmó el mandato de prisión preventiva por 30 meses que se impuso contra Goray, por lo que permanecía en el Penal Anexo de Mujeres ubicado en el distrito limeño de Chorrillos.

Asimismo, el último lunes 8 de julio, el juez Raúl Justiniano declaró infundado un pedido que hizo Sada Goray para que se ordenará el cese del mandato de prisión preventiva en su contra, al determinar que existen contradicciones respecto a la información que presentó la defensa legal de dicha empresaria para acreditar que su patrocinada cuenta con arraigo domiciliario y laboral, y que además no pudo desvirtuar los graves cargos que la atribuye la Fiscalía ni tampoco el peligro procesal de fuga respecto a este caso.

Sada Goray permanece recluída en el Penal Anexo de Mujeres de ChorrillosFuente: Andina

Sala de la Corte Suprema no emitió pronunciamiento sobre Mauricio Fernandini

En el caso del investigado Mauricio Fernandini Arbulú, el colegiado aplicó la figura de ‘sustracción de la materia’, es decir, no emitió pronunciamiento porque semanas atrás, la Sala Superior declaró fundado el cese de su prisión preventiva.

Cabe indicar que la defensa legal del investigado periodista presentó un recurso de casación ante la Sala Penal Permanente de la Corte Suprema para revocar el extremo de la  resolución en la que se confirmó el mandato de prisión preventiva por 30 meses que se le impuso en este caso. No obstante, el ultimo 28 de mayo la Quinta Sala Penal de Apelaciones Nacional revocó dicha medida restrictiva y ordenó que afronte el proceso penal en libertad, bajo mandato de comparecencia con restricciones.

Además, el tribunal presidido por César San Martín iba a abordar hoy el recurso de casación que presentó el Equipo Especial de Fiscales contra la Corrupción en el Poder (EFICCOP) con el que buscaba dejar sin efecto el extremo de la resolución emitida por la Quinta Sala Penal de Apelaciones Nacional que revocó el mandato de prisión preventiva por 30 meses que se les había impuesto al exjefe del Fondo Mi Vivienda, Pedro Arroyo, y al exsuperintendente de Bienes Estatales, Roger Gaviria, con lo que se dispuso que ambos afronten bajo mandato de comparecencia con restricciones este proceso penal.

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Luis Felipe Rodriguez Jimenez

Luis Felipe Rodriguez Jimenez Redactor web / Periodista

Periodista formado en las aulas sanmarquinas. Trabajo en temas políticos y culturales

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