Resolución del TC sobre Alberto Fujimori deriva el indulto a un juez que debe decidir su improcedencia, aseguró Ana Neyra

Fujimori fue sentenciado a 25 años de prisión como autor mediato de "graves violaciones a los derechos humanos". | Fuente: Andina

En tanto, Elio Riera, abogado del expresidente Alberto Fujimori, señaló que su patrocinado debe ser excarcelado, salvo que la Corte Interamericana de Derechos Humanos se pronuncie nuevamente en su contra, lo cual consideró que sería "escandaloso".

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La exministra de Justicia Ana Neyra señaló que la resolución del Tribunal Constitucional (TC) sobre el caso del expresidente Alberto Fujimori no restituye el indulto, sino que lo remite al juez de ejecución de Ica para que decida o no su improcedencia.

"Lo primero que hay que decir es que no implica que sale libre o que se restituya el indulto. Eso debe ser bien claro, a pesar de que la defensa de Alberto Fujimori quiera señalar lo contrario. En estricto, aquí no hay un nuevo pronunciamiento del Tribunal", dijo en La Rotativa del Aire.

"Lo que el juez de ejecución debe decir es que se debe cumplir con lo establecido por la Corte Interamericana de Derechos Humanos (Corte IDH) y no proceder ninguna posible aplicación del indulto y ninguna posibilidad de liberación (...). Hay que verificar bien si las condiciones de un indulto humanitario se cumplieron, ya que la enfermedad terminal, la grave afectación de salud no parece haberse configurado. Además, hay una serie de condiciones que se requieren para que un indulto funcione, que es, por ejemplo, arrepentirse de lo realizado, pagar la reparación civil, ayudar activamente a que se aclaren los hechos. Y ninguna de estas cosas se ha realizado en el caso de Fujimori", agregó.

"Hay una serie de condiciones que se requieren para que un indulto funcione y ninguna de estas cosas se ha realizado", señaló Neyra. | Fuente: RPP

¿En qué estado se encuentra el caso de Alberto Fujimori?

Además, Neyra explicó paso a paso el recorrido que ha hecho el caso de Alberto Fujimori y remarcó que en ninguna circunstancia lo resuelto por el Tribunal Constitucional ordena su liberación.

"El indulto fue en 2017. En marzo de 2018 un juez consideró que no podía aplicarse este indulto porque iba contra la jurisprudencia del sistema interamericano y dejó sin efecto el indulto. Luego, mediante habeas corpus, el tema llega al TC y en 2022 el Tribunal dice que, en efecto, el indulto es correcto, se debe restituir y debe salir libre. Frente a esto, la Corte Interamericana señaló expresamente que producto de sentencias como La Cantuta y Barrios Altos que ellos han decidido, no es posible que un indulto de este tipo se aplique y el Estado peruano debe abstenerse de aplicar lo resuelto por el Tribunal", manifestó.

"Ante la decisión de la Corte, la defensa de Fujimori y el procurador del Poder Judicial fueron a preguntar al Tribunal cómo entender su sentencia luego de la decisión de la Corte IDH. La anterior composición del TC no resolvió; la actual composición ha resulto ahora. Pero lo que ha resuelto no es que liberen a Fujimori, sino que la aclaración no procede, porque esa figura es para aclarar solo aspectos muy generales de una sentencia. En todo caso, que vaya al juez de ejecución. Eso es todo", aseveró.

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Abogado de Alberto Fujimori consideró que el expresidente debe ser excarcelado

En tanto, Elio Riera, abogado del expresidente Alberto Fujimori, consideró que su patrocinado debe ser excarcelado, a menos que la Corte IDH emita una nueva sentencia, supuesto que tildó de "escandaloso".

"La resolución notificada el día de ayer es un auto aclaratorio donde se pudo haber pronunciado el TC con respecto a los pedidos tanto de Estado peruano como de la defensa en el extremo de que, si encontraba o no alguna irregularidad, si correspondía o no darle trámite al pedido de la sentencia otorgada en el 2022", dijo.

"En la resolución que se hizo en 2022, la Corte en ningún momento dio a entender que el mandato del TC no se podía ejecutar si no era ratificado. Entonces, lo que tenemos al día de hoy es un pronunciamiento del TC con nueva composición en el año 2023. Salvo que la Corte emita una nueva disposición ahora, que ya sería verdaderamente escandaloso, porque enmendaría la plana a dos conformaciones del TC", añadió.

"Considero que el juez encargado de la causa tiene dos posiciones: una medida provisional del año 2022 de la Corte IDH y una sentencia del máximo intérprete de la Constitución, validada ahora por un auto aclaratorio, que indica que tiene que continuar conforme a la causa", finalizó.

"La Corte en ningún momento dio a entender que el mandato del TC no se podía ejecutar si no era ratificado", dijo Elio Riera. | Fuente: RPP

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Soy licenciado en Comunicación y Periodismo, con estudios de postgrado en Lingüística y Literatura, y Educación. Estudio ahora Derecho. Hace más de cinco años escribo sobre temas políticos y judiciales. Me paso el resto de la vida leyendo. Ya no soy tan miope.

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