El presidente del JNE , Jorge Luis Salas Arenas, también consideró que la sentencia competencial del TC "ha agredido el derecho a la independencia" de su entidad, ya que señala que puede ser objeto de juicio y antejuicio político por parte del Congreso.
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El presidente del Jurado Nacional de Elecciones (JNE), Jorge Luis Salas Arenas, se pronunció en torno a la reciente modificación de la Ley de Organizaciones Políticas que elimina las elecciones primarias abiertas simultáneas obligatorias (PASO).
Como se sabe, el pasado 18 de enero, la presidenta Dina Boluarte y el jefe del Gabinete, Alberto Otárola, promulgaron la norma que modifica la Ley 28094 o Ley de Organizaciones Políticas en cuanto a las elecciones primarias, y la inscripción de partidos políticos y movimientos regionales; y la Ley Orgánica de Elecciones.
Esta modificación partió desde el Parlamento, que aprobó el respectivo dictamen el pasado 14 de diciembre y envió la autógrafa al Ejecutivo. El Gobierno tuvo hasta el 19 de enero para observar dicha propuesta, pero optó por su oficialización, pese a las críticas de los propios organismos electorales.
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"Es una determinación peligrosa para la democracia"
Al respecto, Salas Arenas resaltó que la eliminación de las PASO traerá complicaciones en cuanto a la inscripción de partidos políticos.
"Yo creo que es una determinación peligrosa para la democracia, porque la posibilidad del filtro que connotaba las PASO ha desaparecido, de modo que en este momento se pueden inscribir con libertad las organizaciones políticas que lo estimen conveniente", indicó.
En ese sentido, resaltó que, si bien las modificaciones "suben la valla de 25 mil a 75 mil" firmas para inscribir a un partido, "seguro van a alegar el principio de igualdad ante la ley los que resulten perjudicados".
"Me preocupa también la situación de la multiplicidad de firmas que podrían ser no validadas, dando lugar a procesamiento por probables delitos de falsedad", añadió.
Por otro lado, consultado sobre un reciente proyecto de ley que propone ampliar de uno a dos años el plazo para que los partidos presenten una solicitud de inscripción de sus organizaciones en el Registro de Organizaciones Políticas (ROP), el titular del JNE consideró que esta pretensión no le parecía viable.
"En realidad, no hay una oposición (del JNE), sino lo que hay es un criterio técnico: no nos parece viable porque abre más la valla con el tiempo, para que no haya solo 25 sino muchas más organizaciones políticas que pudieran contender, y eso significaría la fragmentación", aseveró.
Sobre las acciones que se podrían tomar ante la intención del Congreso de continuar modificando normas electorales, el magistrado indicó que "el propio Congreso tiene que tomar las determinaciones respectivas, porque es lo que corresponde".
"Salvo que alguien cuestione los proyectos de ley en la vía constitucional", remarcó.
Se ha agredido "el derecho a la independencia funcional" del JNE
Por otro lado, Salas Arenas se pronunció en torno a la pretensión de algunos congresistas de establecer la posibilidad de que los titulares de los organismos electorales puedan ser sometidos a juicio y antejuicio político por parte del Parlamento.
En ese sentido, el magistrado consideró que una sentencia competencial del TC se ha convertido en la base normativa para que el Congreso impulse esa intención.
"El marco normativo está constituido por la sentencia competencial que dictó el TC (…) Lamentablemente, con esto ha agredido no solamente el derecho a la independencia funcional y el pleno ejercicio de la función pública, sino ha eliminado el derecho a la protección judicial constitucional que tiene quien preside al JNE y quien provenga de la fiscalía de la Nación a integrar el JNE", explicó.
Además, consideró que existiría una "contradicción" en el hecho de que sean los congresistas los encargados de hacer un juicio político al titular del JNE.
"Es una contradicción muy fuerte, tanto así que la Corte IDH -que la mayoría de integrantes del TC quiere desconocer o interpretar sus determinaciones como si estuvieran por encima de esa instancia- se ha pronunciado. En el 2001, se dijo (…) que el ejercicio de las atribuciones del Congreso para llegar hasta un juicio político no se sujeta al debido proceso con un órgano competente, independiente e imparcial", indicó.
"Los políticos juzgando a los árbitros electorales contraviene el artículo 8.1. de la Convención Americana de Derechos Humanos (…) En el momento del juicio político, los congresistas se tornan en jueces para definir una controversia, incluso sancionar", añadió.
Finalmente, el magistrado resaltó que parlamentarios de la Comisión Permanente y de la Subcomisión de Acusaciones Constitucionales estarían "impedidos de ser jueces porque no son imparciales", ya que "son quienes están pidiendo que se retire al presidente del JNE desde antes de tomar el cargo como congresistas".
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