Por votación mayoritaria, la Primera Sala Constitucional de Lima confirmó la sentencia emitida por la jueza Rocío Rabines Briceño el último 8 de marzo.
El Poder Judicial rechazó, en segunda instancia, la demanda de amparo que presentó el expresidente Martín Vizcarra con la que buscaba anular la decisión del Congreso de la República que lo inhabilitó por 10 años para ejercer cargo público tras haber recibido de forma irregular la vacuna contra la COVID-19 en octubre del año 2020.
Por votación mayoritaria, la Primera Sala Constitucional de Lima adoptó esta medida al confirmar la sentencia emitida por la jueza Rocío Rabines Briceño el último 8 de marzo en la que declaró improcedente la demanda de amparo promovida por la defensa legal del exmandatario dentro de este caso.
El exjefe del Estado apeló esta sentencia judicial al considerar que vulnera el derecho a la debida motivación de las resoluciones judiciales y que hay agravio al derecho a participar en forma individual o asociada en la vida política en la nación.
No obstante, la Primera Sala Constitucional de Lima desestimó este recurso de apelación al determinar en una resolución emitida el último 20 de agosto, a la que tuvo acceso RPP, que dicha sentencia debe ser confirmada en todos sus extremos, toda vez que no se evidencian actos concretos de afectación de derechos constitucionales por parte de la entidad demandada, en alusión al Congreso de la República, y los argumentos y agravios de la pretensión no están referidos en forma directa al contenido constitucionalmente protegido de los derechos constitucionales invocados incurriéndose en causal de improcedencia prevista en el inciso 1) del artículo 7° del nuevo Código Procesal Constitucional.
Rechazan pedido de Vizcarra para archivar delito de cohecho pasivo en casos Lomas de Ilo y Hospital de Moquegua
Por otro lado, el Poder Judicial volvió a rechazar el pedido del expresidente Martín Vizcarra para que se archive el delito de cohecho pasivo propio que le atribuye la Fiscalía por los casos Lomas de Ilo y Hospital de Moquegua.
La Tercera Sala Penal de Apelaciones Nacional declaró “improcedente” el recurso de apelación que presentó el exmandatario contra la resolución que emitió la jueza Margarita Salcedo, el último 5 de marzo, en la que declaró “infundado” un recurso de excepción de improcedencia de acción que interpuso su defensa legal para archivar dicha imputación.
El tribunal superior adoptó esta medida el último 30 de mayo tras anular la resolución judicial en la que se resolvió “conceder” este recurso de apelación promovido por la defensa legal de exjefe de Estado dentro de este proceso penal.
El exmandatario alegaba en su recurso de excepción de improcedencia de acción una vulneración al principio acusatorio, al derecho a la debida motivación, al principio de culpabilidad y al principio de proscripción de responsabilidad.
El Cuarto Juzgado Penal Colegiado Nacional iniciará el lunes 28 de octubre el juicio oral contra el expresidente Martín Vizcarra por los casos Lomas de Ilo y Hospital de Moquegua.
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