El procurador del Congreso había solicitado suspender el proceso de amparo interpuesto por los exmagistrados Aldo Vásquez e Inés Tello a raíz de su inhabilitación hasta que el Tribunal Constitucional resuelva un proceso competencial contra el Poder Judicial.
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El Poder Judicial declaró improcedente pedido del procurador del Congreso para detener el proceso de amparo impulsado por los exmagistrados de la Junta Nacional de Justicia Aldo Vásquez e Inés Tello a raíz de su inhabilitación.
Dentro de los argumentos esgrimidos por el Parlamento, se menciona que dicho proceso debía quedar suspendido hasta que el Tribunal Constitucional resuelva otro proceso competencial contra el Poder Judicial.
"El recurrente pide que se suspenda el proceso hasta que el Tribunal Constitucional resuelva el proceso competencial contra el Poder Judicial", se puede leer en el documento.
No obstante, el Poder Judicial señaló que cada organismo tiene la potestad de resolver las causas con autonomía, por lo que no existe motivos para suspender el proceso de amparo.
"El Poder Judicial y el Tribunal Constitucional tienen el deber de resolver las causas con autonomía y en consonancia con la Constitución y las leyes. En ese orden de ideas, no existe sustento alguno para suspender el trámite en este proceso de amparo, pues la actuación de este colegiado no está supeditada a la actuación de ningún otro poder u organismo constitucional autónomo y por lo tanto debe estar libre de injerencias", indica la resolución.
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