La defensa del exjefe del Gabinete Ministerial también pidió que se levante el mandato de comparecencia con restricciones por 36 meses, el cual señalaron venció en agosto de este año. Sin embargo, la jueza Margarita Salcedo declaró fundada la oposición de Fiscalía al determinar que existe jurisprudencia en la que se establece que dicha medida no posee un plazo temporal, sino que se extiende hasta que haya una sentencia.
El exjefe del Gabinete Ministerial, Yehude Simon, seguirá afrontando bajo mandato de comparecencia con restricciones la investigación preparatoria que se le sigue por el caso del Proyecto de Irrigación Olmos, vinculado a Odebrecht.
Así lo determinó la jueza Margarita Salcedo al declarar infundada la solicitud que hizo Simón Munaro, a través de su defensa legal, para que se levantara esta medida dictada en su contra, a fin de afrontar bajo mandato de “comparecencia simple” esta investigación preparatoria.
Sobre comparecencia
La defensa legal del también exgobernador Regional de Lambayeque demandó que se levante el mandato de comparecencia con restricciones por 36 meses que pesa en contra de su patrocinado al sostener que el plazo de dicha medida ya venció en agosto del presente año.
Remarcó que esta comparecencia con restricciones no está fundamentada ni justificada, ya que no hay actos de investigación que le imposibilite trasladarse al interior del país y que su defendido requiere la comparecencia simple para visitar a sus hijos, hermanos y para realizar actividad política.
Agregó que las únicas acciones que ha realizado el Ministerio Público son oponerse a las solicitudes de viaje con fines familiares y académicos, sin acreditar peligro procesal y que no existe un comportamiento procesal inadecuado de su defendido en este proceso penal.
No obstante, la jueza Salcedo Guevara declaró fundada la oposición que hizo el Ministerio Público respecto a la solicitud de Yehude Simon al determinar que existe jurisprudencia en la que se establece que la medida de comparecencia restringida no posee un plazo temporal, sino que su duración es hasta la expedición de la sentencia definitiva, lo cual no afecta derechos o garantías procesales de un justiciable.
La magistrada resaltó también en su resolución emitida el último 20 de octubre, a la que tuvo acceso RPP Noticias, que existen graves y fundados elementos de convicción que respaldan la tesis fiscal respecto a la situación legal de Yehude Simon, así como la prognosis de la pena y los demás presupuestos que exige a la norma procesal penal.
Fallo a su favor
En junio de 2022, Simon recuperó su libertad luego de que la Sala Penal Permanente de la Corte Suprema dejara sin efecto la orden de detención domiciliaria por 36 meses que le impuso en 2020 la Sala de Apelaciones de la Corte Superior Nacional por el caso mencionado.
En su resolución, el tribunal supremo determinó que la referida sala superior vulneró el derecho a la libertad personal del imputado y analizó erróneamente los peligros de fuga y de entorpecimiento con relación de este caso.
La sala suprema precisó que el imputado cumplió las órdenes de comparecencia y observó su deber procesal de estar sujeto a la causa y además que nada indica que realice maniobras para fugarse tras anotar que en la actualidad no ostenta cargo público alguno que le otorgue poder para descartar las órdenes de la justicia y huir del país, por lo que son suficientes las restricciones impuestas por el juzgado penal de primera instancia.
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