La defensa legal de la exmagistrada solicitó esta autorización para que pueda viajar del 21 de diciembre de 2024 al 11 de enero de 2025 a Madrid para que reciba atención médica en neurocirugía. Sin embargo, el juez supremo provisional Saúl Peña Farfán declaró infundado el requerimiento al señalar que el informe médico presentado no es actual.
El Poder Judicial rechazó el pedido de la exjueza superior Enma Benavides, hermana de la exfiscal de la Nación, Patricia Benavides, para poder salir de país a fin de recibir atención médica especializada en la ciudad de Madrid, en España.
Mediante un escrito presentado el último 11 de noviembre, la defensa legal de la exmagistrada solicitó autorización para que su patrocinada pueda ausentarse del lugar de su residencia en Lima del 21 de diciembre del 2024 al 11 de enero del 2025, a fin de viajar a la ciudad de Madrid en España por motivos de salud para recibir atención médica en la especialidad de neurocirugía, adjuntando una tarjeta de embarque de viaje, dos constancias de una cita médica y un informe médico emitido por una clínica de nuestra ciudad capital.
No obstante, el juez supremo provisional Saúl Peña Farfán resolvió , el último 2 de diciembre, declarar infundado esta solicitud de permiso de viaje al exterior al determinar que el informe médico presentado por la defensa legal de la exmagistrada no presenta datos actualizados ya que fue emitido el último 7 de mayo , es decir se trata de un documento de hace más de 6 meses de antigüedad “ El mérito de dicho informe resulta débil, por ser atrasado, para un pedido que se formula de viajar en diciembre del año en curso”.
Consideraciones
El magistrado también precisa que, si bien se justifica la atención médica, no se tienen mayores datos sobre lo que serían las fechas y/o cronograma de una posible intervención, que la tarjeta de embarque presentada no se observa que sea de la exmagistrada y tampoco se informa donde se hospedara temporalmente en la ciudad de Madrid en España, lo que es un dato importante para garantizar su ubicación, especialmente en un viaje internacional.
“Evaluando la solicitud de autorizar el viaje de la recurrente, por la antigüedad del informe médico y los demás datos antes señalados, no se justifica el viaje como urgente, de emergencia ni estricta necesidad de manera indispensable, y al ponderar estos elementos frente a los fines del proceso penal, que buscan asegurar la presencia de la imputada y prevenir cualquier obstáculo a la administración de justicia, la solicitud no resulta razonable de conformidad con los artículos 287° y 288° del Código Procesal Penal y sus modificatorias, por lo que debe desestimarse” concluye el magistrado.
La exjueza superior Enma Benavides afronta un proceso penal por una supuesta liberación de investigados por tráfico ilícito de drogas a cambio de dinero, bajo mandato de comparecencia con restricciones, entre ellas, la restricción de no ausentarse de la localidad en la que reside sin autorización judicial.
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