El juez Littman Ramírez Delgado declaró infundado el requerimiento de Fiscalía para variar la comparecencia simple contra Alberto Fujimori por detención domiciliaria. Además, ordenó que no pueda salir del país por nueve meses.
El expresidente Alberto Fujimori seguirá afrontando en libertad el juicio oral que se le inició por la muerte de seis comuneros de los anexos El Caraqueño y San José en el distrito de Pativilca, provincia limeña de Barranca el 29 de enero de 1992.
Así lo dispuso el juez Littman Ramírez Delgado, quien declaró infundado el requerimiento realizado por el Ministerio Público para que se varíe el mandato de comparecencia simple que pesa sobre el exmandatario por detención domiciliaria, dentro de este proceso penal que se le sigue como presunto autor mediato del delito de homicidio calificado en la modalidad de asesinato con alevosía.
El magistrado determinó en su resolución, a la que tuvo acceso RPP Noticias, que en el presente caso no se han presentado el presupuesto de sospecha fuerte o grave y fundado, así como los requisitos de delito grave y peligrosismo procesal-riesgo de fuga, entre otros argumentos, por lo que dicho requerimiento fiscal fue desestimado.
No obstante, el titular del Juzgado Penal Supraprovincial Liquidador Transitorio ordenó el impedimento de salida del país por nueve meses contra el exmandatario, por lo que dispuso notificar su decisión a las autoridades competentes para la ejecución de esta medida.
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