Mediante este recurso Rafael Vela demanda la suspensión provisional de la resolución emitida por la Autoridad Nacional de Control del Ministerio Público que ordenó suspenderlo en el cargo de fiscal superior titular por 8 meses y 15 días.
El Poder Judicial evaluará el martes 5 de marzo la solicitud de medida cautelar que presentó el suspendido fiscal Rafael Vela con la que busca ser restituido en sus funciones como Coordinador de las Fiscalías contra el Lavado de Activos y del Equipo Especial de la Fiscalía para los casos Odebrecht y Lava Jato.
La Sala Constitucional de Emergencia de Lima dispuso que ese día desde las nueve de la mañana se lleve a cabo una audiencia virtual para analizar la apelación que presentó Vela Barba contra la resolución que emitió la jueza Ana Osorio Sosa el último 31 de enero en la que determinó que "carece de objeto" emitir un pronunciamiento sobre este recurso.
Dicho colegiado constitucional también dispuso que se conceda el uso de la palabra a Rafael Vela, a fin de que pueda exponer las razones por las cuales se debe revocar lo resuelto, en primera instancia, por dicha magistrada y se le dé el trámite respectivo a esta solicitud de medida cautelar.
Mediante dicho recurso, Vela Barba demanda la suspensión provisional de los efectos de la resolución emitida por la Autoridad Nacional de Control del Ministerio Público el 05 de octubre del 2023 que ordena suspenderlo en el cargo de Fiscal Superior Titular por 08 meses y 15 días por incurrir en 02 infracciones muy graves durante el ejercicio de sus funciones a raíz de las críticas que hizo en la prensa hace más de tres años a los jueces de la sala superior que ordenó la excarcelación de la lideresa de Fuerza Popular, Keiko Fujimori, en el caso Odebrecht.
El suspendido magistrado también solicita en su recurso que se ordene la restauración provisional de sus funciones y competencias que ejercía antes de la emisión de la citada resolución disciplinaria, por todo el tiempo que dure el trámite del proceso de una demanda de amparo que también presentó para anular el procedimiento disciplinario que originó su sanción.
En esta solicitud de medida cautelar, Rafael Vela Barba precisa que esta sanción vulnera sus derechos fundamentales a la imparcialidad de los órganos decisores, a ser oído, a la defensa y a probar, al ejercicio pleno de la función pública, a la independencia en el ejercicio del cargo de representante del Ministerio Público y al trabajo, a la debida motivación, a la prohibición de múltiple incriminación y a la libertad de expresión ya la crítica de las resoluciones judiciales.
Decisión previa
No obstante, la jueza constitucional Ana Osorio Sosa resolvió el último 31 de enero que “carece de objeto emitir un pronunciamiento” sobre esta solicitud de medida cautelar, al precisar que el ultimo 26 de enero el Noveno Juzgado Constitucional de Lima declaró fundado un recurso de excepción de incompetencia presentado por la Procuraduría Pública de Asuntos Jurídicos del Ministerio Público lo que originó que se anule todo lo actuado y se de por concluido este proceso de amparo seguido en dicho despacho, a fin de que este recurso sea visto por un juzgado contencioso – administrativo.
“Por lo expuesto se puede apreciar que al haberse declarado la incompetencia de este órgano jurisdiccional para el conocimiento de la pretensión principal: CARECE DE OBJETO EMITIR PRONUNCIAMIENTO sobre la presente pretensión cautelar; la cual deberá ser planteada ante el órgano jurisdiccional competente”. precisa la magistrada en su resolución a la que tuvo acceso RPP Noticias.
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