El tribunal superior concluyó por unanimidad que, a lo largo del juicio oral realizado por este caso, Fiscalía no pudo acreditar un desbalance patrimonial de los hermanos Orlando, Manuel y Fortunato Sánchez Paredes ni de Fidel Sánchez Alayo ni el administrador Jesús Esteves Ostoloza en el proceso por lavado de activos que se les seguía.
El Poder Judicial absolvió a los hermanos Orlando, Manuel y Fortunato Sánchez Paredes, a Fidel Sánchez Alayo y el administrador Jesús Esteves Ostoloza del presunto delito de lavado de activos agravado en perjuicio del Estado peruano.
La Tercera Sala Penal Superior Nacional Liquidadora Transitoria adoptó esta decisión tras un proceso penal que comenzó en diciembre de 2007 y luego de una extensa investigación policial, fiscal y judicial el 11 de enero de 2017 se dio inicio al juicio oral que concluyó con la lectura de sentencia que se dictó este lunes 6 de noviembre.
El tribunal superior concluyó por unanimidad que, a lo largo del juicio oral que se realizó por este caso, la Fiscalía no pudo acreditar que existiera un desbalance en el patrimonio de estas personas ni tampoco que sus activos y empresas estén vinculados al tráfico ilícito de drogas.
Fiscalía buscará nulidad de fallo
Al término de esta lectura de sentencia, la fiscal asignada al caso anunció que presentará un recurso de nulidad para que la Corte Suprema revise este fallo y emita una decisión final mientras que los abogados de estas personas expresaron su disconformidad con lo resuelto.
En marzo de 2016, el Ministerio Público pidió 28 años de prisión para los tres hermanos por el presunto delito de lavado de activos agravado y que paguen la suma de 100 millones de soles como concepto de reparación civil a favor del Estado peruano.
De acuerdo con Fiscalía, el dinero procedente del narcotráfico se habría lavado a través de distintos rubros como minería, ganadería y transporte de carga.
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