Mario Amoretti: "La toma de aeropuertos se ha definido como terrorismo"

El abogado penalista Mario Amoretti precisó que se estaría cometiendo el delito de extorsión | Fuente: RPP

En Ampliación de Noticias, el abogado penalista se refirió a los bloqueos de vías ocurridos en diferentes regiones del país y precisó que actos de esa naturaleza pueden ser tipificados como extorsión.

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El abogado penalista Mario Amoretti se refirió a las protestas ocurridas en diferentes regiones del país que exigen la renuncia de la presidenta Dina Boluarte y el cierre del Congreso, y manifestó que situaciones como la toma de aeropuertos pueden configurar el delito de terrorismo.

"La ley antiterrorista es una ley especial, que se dio con Fujimori en el 92 y sigue vigente. Esta ley, en su artículo segundo, señala que aquel que infunde terror o zozobra en una parte o toda la población y utiliza medios catastróficos como bombardas, artefactos pirotécnicos e inclusive, como señala las Naciones Unidas, la toma de aeropuertos se ha definido como terrorismo", dijo en Ampliación de Noticias.

Además, recordó que el bloqueo de carreteras ahora está tipificado como extorsión y que la pena para este delito puede llegar hasta los 15 años de cárcel.

"En cuanto a los bloqueos de carreteras, se considera ahora como delito de extorsión. Ya hace varios años que se ha modificado la ley en el sentido de que, si de una u otra forma, sin que se utilice artefactos explosivos o material inflamable, es considerado delito de extorsión y la pena va hasta 15 años. Lamentablemente, hemos visto que en Ica se les ha denunciado por obstrucción a las vías de comunicación y la pena va hasta 8 años", aseveró.

"Hay que tomar en consideración que cuando una persona comete hechos delictivos de manera independiente estas penas se suman y tranquilamente pueden ir 20 o 30 años a la cárcel", agregó.

"La suerte está echada oara Pedro Castillo"

Por otro lado, Amoretti comentó sobre el caso del expresidente Pedro Castillo para quien la Fiscalía de la Nación ha solicitado 36 meses de prisión preventiva. 

"Por supuesto (que la suerte está echada oara Pedro Castillo). Hay elementos de convicción donde da lugar a que el fiscal reúna los elementos de juicio y las pruebas pertinentes a efectos de que se solicitara esta prisión preventiva y considero que el juez tiene que estar convencido en su momento de que las pruebas existentes dan lugar a que se dicte una nueva prisión preventiva", finalizó. 


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