Silvana Carrión, procuradora ad hoc para el caso Lava Jato, indicó que la norma es "sumamente dañina" para el proceso de colaboración eficaz y pone en riesgo el proceso de adhesión del Perú a la OCDE.
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El último jueves, el Congreso de la República promulgó por insistencia la ley que modifica los procesos de colaboración eficaz, con reformas a los artículos 473, 476-A y 481-A del Nuevo Código Procesal Penal.
Cabe señalar que la norma ha sido ampliamente criticada por un sector de la ciudadanía, además de haber recibido observaciones de la Procuraduría General de la República (PGR), del Ministerio Público, el Poder Judicial y el propio Ejecutivo, que la consideraban inviable para la lucha contra la corrupción.
Pese a ello, la norma del Parlamento fue promulgada en el boletín de normas legales del Diario Oficial El Peruano, con lo cual serían afectados hasta 54 procesos de colaboración eficaz en curso, según la procuraduría ad hoc del caso Lava Jato. ¿Cómo se daría esta afectación y qué riesgos habría para el sistema de justicia nacional? Para saberlo, RPP conversó con Silvana Carrión, procuradora ad hoc para el caso Lava Jato.
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"No es un plazo que sea real"
Carrión Ordinola indicó que uno de los puntos más criticables de la norma es el plazo fijo de 8 meses "para que la Fiscalía acepte la solicitud del colaborador eficaz, realice las corroboraciones pertinentes y establezca un acuerdo de beneficios".
"Yo creo que la consecuencia es el desincentivo que va a haber sobre el instituto de la colaboración eficaz, porque el plazo que han establecido de 8 meses es un plazo corto, que va de espaldas a cómo se tramitan las colaboraciones eficaces en la actualidad, porque una vez que el colaborador entrega información hay todo un proceso de corroboración, y en los casos de gran corrupción, como Lava Jato, hay información que se tiene que corroborar desde el extranjero, y hay que pedir cooperación internacional", recordó Carrión.
"Ahí nomás hay un claro ejemplo de que una asistencia de cooperación internacional puede durar entre 6 y 8 meses, ahí nomás se fue el plazo de la colaboración", acotó.
Asimismo, la procuradora ah hoc indicó que si bien la norma contempla la posibilidad de ampliar el plazo por otros 8 meses, esto sería insuficiente.
"El acortar los plazos de la colaboración eficaz no va a hacer -porque el argumento es que tenemos que acortar los plazos para que las investigaciones avancen más rápido- que las investigaciones avancen más rápido. Por el contrario, probablemente dificulte más el conocimiento de la verdad y de la información que se requiere para desarticular organizaciones criminales", resaltó.
"¿Por qué decimos que no es un plazo que sea real o que pueda calzar con la practica? Porque la corroboración en casos complejos como Lava Jato (…), estamos hablando que esta ley, no solamente opera para los casos de corrupción sino para otro tipo de delitos (...) La corroboración es un tema que toma un tiempo por parte de la Fiscalía", sostuvo la procuradora.
"Nosotros consideramos que el fiscal, dependiendo de la complejidad de la colaboración a la que se enfrenta, debe fijar su propio plazo, que no debe superar el tope de lo que dice el Código Procesal Penal que es de hasta 36 meses en los casos complejos", agregó.
En ese sentido, Carrión indicó que, como Procuraduría General, "se envió un informe técnico al Congreso, en su momento; también la Fiscalía y el Poder Judicial", pero el Parlamento no los tomó en cuenta.
"La corroboración es un tema que toma un tiempo por parte de la Fiscalía. Nosotros consideramos que el fiscal, dependiendo de la complejidad de la colaboración a la que se enfrenta, debe fijar su propio plazo, que no debe superar el tope de lo que dice el Código Procesal Penal que es de hasta 36 meses en los casos complejos", indicó.
"El fiscal puede decir ‘en este proceso de colaboración eficaz, yo voy a tomar 12 meses, 14 meses’, que el fiscal lo fije, porque sabe a qué colaboración se está enfrentando. Pero el plazo que han propuesto no solo va a hacer que el colaborador, haciendo su cálculo de riesgo y probabilidades diga que, en 8 meses, 4 meses, no va a terminar de entregar la información o no se va a corroborar la información. Entonces, voy a develar información respecto a otras personas, arriesgando mi seguridad para que finalmente no se concrete un proceso, definitivamente, eso es un desincentivo", acotó.
Asimismo, criticó que la norma haya prohibido que el testimonio de un colaborador eficaz pueda usarse para corroborar otro.
"El tema de la prohibición de que un dicho de un colaborador no pueda corroborar el dicho de otro nos parece sumamente dañino para el proceso, porque lo que debió establecer la norma es ‘no solamente con el dicho de un colaborador se puede corroborar el dicho de otro, pero no decir que está prohibido porque es mandatorio, no se puede corroborar. Y lo que hemos visto, como en el caso del señor Toledo, en que Odebrecht da la información sobre cómo fueron estas reuniones, al igual que el señor Maiman, lo que se hace es entender el contexto y dar la certeza de que las reuniones se de produjeron. Es sumamente grave", acotó.
Promulgación de la norma dificulta el ingreso del país a la OCDE.
Por otra parte, Silvana Carrión consideró que la norma aprobada por el Legislativo puede dificular el ingreso del Perú a la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos (OCDE).
"La OCDE, después de la fase 2, la que ha pasado Perú, lo que ha indicado es que un avance importante como país en materia de lucha contra la corrupción se ha verificado a partir del caso Lava Jato y de los equipos especiales que Perú ha establecido para enfrentar el caso (…) Por eso, ha hecho mención en alguno de sus reportes al tema de la colaboración eficaz. Es más, la OCDE dice que, en el tema de la colaboración eficaz, Perú debería tener algún mecanismo para que sea un poco más transparente. Con eso estamos de acuerdo", indicó.
"Sin embargo, es un tema que la OCDE rescata como información importante o de calidad para la lucha contra la corrupción y el avance del país. Ahora, tener normas que lejos de fortalecer y proveer herramientas que esta institución avance, lo que hace es limitarlo con estas consideraciones del plazo, de que no se puede corroborar con el dicho de otro colaborador, o imponer que sea a través de un mecanismo audiovisual que se reciba la declaración del colaborador desincentiva completamente las colaboraciones", agregó.
Finalmente, Carrión consideró que la promulgación de la norma "definitivamente, puede ser observado por la OCDE como un retroceso en el fortalecimiento y en el avance de la lucha contra la corrupción".
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