El Poder Judicial rechazó el pedido del exministro del Interior para que se archive el delito de aceptación ilegal de cargo público que le atribuye la Fiscalía, por su designación como titular de esta cartera en el Gobierno de Pedro Castillo.
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El exministro del Interior Juan Carrasco seguirá afrontando la investigación preparatoria que le inició la Fiscalía por el presunto delito de aceptación ilegal de cargo público, a raíz de su designación como titular de esta cartera durante el Gobierno de Pedro Castillo.
Esto debido a que el juez supremo Juan Carlos Checkley “declaró infundado” el recurso de excepción de improcedencia de acción que presentó Carrasco Millones, a través de su defensa legal para que se archivará dicho delito que le atribuye la Fiscalía en este caso.
El magistrado determinó que el hecho relatado por la Fiscalía respecto a que Carrasco Millones aceptó ser ministro de Estado en la cartera del Interior, cuando mantenía vínculo laboral con el Ministerio Público, al tener la condición de fiscal provincial y, en consecuencia, impedido de jurar como ministro de Estado, sí constituye delito, por ser una imputación objetiva.
Sobre el argumento de la defensa legal de Juan Carrasco respecto a que su patrocinado ya fue sancionado administrativamente por la Autoridad Nacional de Control del Ministerio Público con una suspensión de seis meses , el juez supremo Checkley precisó “que se trata de un procedimiento disciplinario, esto es, un procedimiento administrativo sancionador, cuyo objeto es diferente al proceso penal, ya que sanciona una conducta funcional, mientras que el proceso penal conlleva una sanción punitiva que puede incluso derivar en la privación de la libertad”.
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Sobre falsedad genérica
No obstante, el magistrado “declaro fundado” el recurso de excepción de improcedencia de acción que presentó la defensa legal del exministro de Interior, para que se archive el delito de falsedad genérica que le atribuye la Fiscalía por supuestamente haber alterado la verdad, al consignar información que no se ajustaba a la realidad en dos solicitudes administrativas presentadas ante el Ministerio Público para solicitar una licencia sin goce de haber por motivos personales cuando el objeto era ser nombrado ministro del sector Interior.
El juez supremo Checkley Soria determinó que se archive dicho delito al establecer que la Fiscalía hace referencia únicamente a los términos “motivos personales”; en cuanto a la firma de la carta de renuncia con fecha 28/07/2021 y su posterior legalización notarial el 02/08/2021; hecho, que su juicio, no tiene ninguna relevancia para determinar hecho penal alguno, pues quedó plenamente evidenciado que la carta fue presentada e ingresada al Ministerio Público, Fiscalía Superior Coordinadora de las Fiscalías contra la criminalidad organizada el 02/08/2021.
La formalización de esta investigación preparatoria se produjo luego que el último 15 de junio el Pleno del Congreso de la República aprobó, por mayoría, el informe final sobre la denuncia constitucional presentada contra Juan Carrasco por presuntamente haber alterado la verdad al haber aceptado su designación en el cargo de ministro del Interior del gobierno de Pedro Castillo, pese a ser fiscal superior titular provincial en Chiclayo, región Lambayeque.
No obstante, la Representación Nacional rechazó inhabilitar a Carrasco Millones por cinco años de ejercicio de cargo público alguno, por presunta infracción constitucional.
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