Jorge del Castillo dice que la suspensión de Patricia Benavides es inconstitucional: ¿cuáles son sus argumentos contra la JNJ?

Jorge del Castillo consideró que la JNJ "no tiene competencia para procesar por actos delictivos", como el caso de Benavides | Fuente: Andina

En Ampliación de Noticias, el abogado de Patricia Benavides calificó de "amedrentamiento" que la Policía haya citado a las juezas María Vidal La Rosa y Jacqueline Tarrillo. Esta última fue la que dispuso el cese de las investigaciones contra Benavides por parte de la JNJ.

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El excongresista Jorge del Castillo, abogado de Patricia Benavides en el proceso de suspensión en su contra llevado a cabo por la Junta Nacional de Justicia (JNJ), consideró que dicha entidad de justicia actuó de manera "inconstitucional", al haber decidido separar a su patrocinada del cargo de fiscal de la Nación.

Como se sabe, la JNJ dispuso dicha medida por un lapso de seis meses debido a las investigaciones por el caso ‘La fiscal y su cúpula del poder’, que postula que Benavides Vargas sería la presunta líder de una organización criminal que habría coordinado favores con congresistas a cambio de archivar investigaciones en su contra. Para ello, se habría valido de tres de sus más cercanos asesores: Jaime Villanueva, Miguel Girao y Abel Hurtado. 

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Al respecto, Del Castillo consideró que fue inconstitucional que la JNJ se haya valido de lo que estipula su Reglamento de Procedimientos Disciplinarios para disponer la suspensión temporal de Patricia Benavides. 

"Se pone un proceso disciplinario orientado a una destitución, aplicando una norma inconstitucional. Me refiero al reglamento de la JNJ. Los procesos de administración de sanción tienen reserva de ley, tienen que ser por ley. Puede haber reglamento, pero no puede rebasar a la ley (…) El reglamento no puede estar por encima de la ley, y la ley no puede estar por encima de la Constitución", indicó esta mañana en Ampliación de Noticias.

"Bajo ese principio, lo que ha hecho la JNJ es inventar un procedimiento que no está previsto en la ley. (El) procedimiento disciplinario inmediato no existe. Lo que sí existe es que debieron hacer, conforme dice la ley (…), un procedimiento previo de investigación (que) tampoco lo han hecho", agregó. 

Asimismo, el abogado resaltó que "no se puede decir per se" que es verdad todo lo que indica Jaime Villanueva en su testimonio como colaborador eficaz "porque no hay cómo comprobarlo en este momento".

"Por eso, la ley manda una investigación preliminar que no se ha hecho", recalcó. 

Argumentos de defensa

Del Castillo señaló que la JNJ "no tiene competencia para procesar por actos delictivos" a la suspendida fiscal de la Nación, ya que, según dijo, las investigaciones de esta entidad solo pueden ser "por temas éticos".

"La ley lo manda así: solo pueden hacer temas éticos, etc.; ni infracciones constitucionales ni delitos. Acá acusan a la doctora Benavides de ser líder de una organización criminal, lo dice en todos los papeles y en la propia resolución de apertura del proceso", indicó.

Asimismo, resaltó que no se ha hecho una investigación preliminar del caso por parte de la junta, y que los magistrados del pleno debieron "inhibirse" del proceso al tener un juicio pendiente con Patricia Benavides. 

"La ley manda que para empezar el proceso se haga una investigación preliminar (que) no han hecho. Hasta han sacado una resolución prescindiendo de eso (...) Al tener un juicio contra la doctora, hay dos procesos, ellos han debido inhibirse que no significa que no actúe la junta, porque para eso existen suplentes, se inhiben y entran los suplentes", sostuvo. 

"A ella la procesan porque el señor Villanueva ha presentado unos chats (que), en una parte, la menciona porque en ninguno participa la Dra. Benavides, no hay una prueba objetiva contra ella, pero la menciona, dice que habla por ella", añadió. 

Respecto a la reconsideración de dicha suspensión, presentada el pasado 11 de diciembre por Patricia Benavides ante la JNJ, Del Castillo consideró que no procedería ese recurso, por lo que presentarían acciones de amparo. 

Jorge del Castillo criticó el proceso de la JNJ contra Patricia BenavidesFuente: Andina

Por otro lado, Del Castillo criticó que la Policía haya citado ayer a María Vidal La Rosa Sánchez, presidenta de la Corte Superior de Justicia de Lima, y Jacqueline Tarrillo Meneses, jueza del Sexto Juzgado Constitucional de Lima.

"Resulta que la jueza Tarrillo (...), que tiene que sentenciar una acción de amparo, ayer fue citada por la Policía bajo el argumento de que hay que investigar su comportamiento. Eso es un amedrentamiento, el Poder Judicial es una entidad autónoma", indicó.

"La Policía, a las 2:00 p.m., cuando falta una hora para que empiece la sesión del Congreso, cita a la jueza y a la presidenta de la Corte Superior de Lima, eso es un amedrentamiento inaceptable, una prepotencia (…) contra el estado de derecho, porque aquí lo que está en juego no solo es la doctora Benavides sino la institucionalidad del país", agregó. 

Como se sabe, Jaime Villanueva habría revelado ante el EFICCOP que las juezas La Rosa Sánchez y Tarrillo Meneses coordinaron con Patricia Benavides la medida cautelar que presentó para detener las investigaciones preliminares que llevaba a cabo la JNJ en su contra. En agosto pasado, Jacqueline Tarrillo resolvió suspender dichas diligencias, y confirmó su decisión en octubre. 

Debido a ello, ambas magistradas fueron citadas por la Policía para declarar "en el marco de la fase de corroboración en proceso especial de colaboración eficaz". 

No obstante, Jorge del Castillo consideró que estos actos se tratan de una venganza contra su patrocinada a raíz de su actuación en la detención del expresidente Pedro Castillo. 

"Ella que se la jugó para defender la democracia el 7 de diciembre del año pasado (…) y detuvieron por su orden a Pedro Castillo, ahora viene la vendetta de aquellos que se sienten ofendidos del accionar de la Dra. Benavides (…) y se valen de cualquier instrumento, incluyendo la JNJ", recalcó. 

¿Es inconstitucional el procedimiento llevado a cabo por la JNJ contra Patricia Benavides?

Vale resaltar que, el pasado 6 de diciembre, la JNJ dispuso la suspensión provisional de Patricia Benavides como fiscal suprema y fiscal de la Nación por seis meses, tiempo en que quedó impedida "de ejercer las atribuciones propias" de ambos cargos. 

Esta decisión, según indica la resolución, se respaldó en el artículo 45.2 de la Ley Orgánica de la Junta Nacional de Justicia, cuyo texto fue formulado por el Congreso de la República en febrero del 2019, y promulgado por el entonces presidente Martín Vizcarra ese año.

El artículo en cuestión señala que "los jueces y fiscales de todos los niveles (...) pueden ser suspendidos en el cargo a través de medida provisional, dictada mediante resolución de la Junta Nacional de Justicia debidamente motivada, siempre que existan fundados elementos de convicción sobre la comisión de una falta disciplinaria sancionada con destitución y resulte indispensable para garantizar el normal desarrollo de la causa, impedir la obstaculización del procedimiento, garantizar la eficacia de la resolución que pudiera recaer o evitar que se continúen o repitan los hechos que son objeto de investigación u otros de similar significación".

En ese sentido, la JNJ consideró que los hechos que implican a Patricia Benavides son "calificados como faltas disciplinarias muy graves, sobre las que existen elementos de convicción reveladores" que llevan a inferir "una alta probabilidad de que (Patricia Benavides), en su condición de fiscal de la Nación, haya incurrido en los mismos, por lo que la medida resulta indispensable para garantizar el normal desarrollo del procedimiento disciplinario y la eficacia de la resolución sancionadora que eventualmente podría recaer en este".

"Se debe tener en cuenta que al ser la máxima autoridad en el Ministerio Público y por tanto ejercer control sobre la gestión administrativa, la suspensión preventiva permitirá impedir una eventual obstaculización a la investigación disciplinaria en curso", agregó la junta en su resolución.

Asimismo, el Procedimiento Disciplinario Inmediato que siguió la JNJ contra Benavides está estipulado en el artículo 31 del Reglamento de Procedimientos Disciplinarios de la entidad. En ese sentido, la Ley Orgánica de la JNJ -artículo 2, inciso i- faculta a la junta para "elaborar y aprobar su reglamento interno y los reglamentos especiales necesarios para la plena aplicación" de su ley orgánica.

Respecto al Procedimiento Disciplinario Inmediato este se aplica "en los casos que exista evidencia suficiente de una conducta notoriamente irregular o se haya cometido una falta disciplinaria con carácter flagrante". 

En ese sentido, la JNJ evaluó el cese de la fiscal Marita Barreto como coordinadora del EFICCOP que fue dispuesto por Patricia Benavides el mismo día en que se realizó el allanamiento contra los domicilios y oficinas de sus asesores. 

"(Esto) a sabiendas de que se encontraba incursa en la investigación penal que motivó el mandato de detención preliminar de su Gerente Central y el allanamiento de las oficinas del Ministerio Público", indica la resolución de la JNJ. 

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Luis Felipe Rodriguez Jimenez

Luis Felipe Rodriguez Jimenez Redactor web / Periodista

Periodista formado en las aulas sanmarquinas. Trabajo en temas políticos y culturales

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