El pasado 7 de marzo, el pleno del Congreso inhabilitó por 10 años a Inés Tello y Aldo Vásquez, integrantes titulares de la Junta Nacional de Justicia (JNJ) por haber infringido la Constitución.
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La Junta Nacional de Justicia (JNJ) resolvió declarar la vacancia en el cargo de Inés Tello y Aldo Vásquez, luego de que el Congreso de la República decidiera el pasado 7 de marzo, mediante votación, inhabilitar por 10 años a ambos magistrados para el ejercicio de la función pública por haber infringido la Constitución.
El organismo constitucional autónomo, mediante dos resoluciones, dio cuenta sobre la medida tomada contra Tello y Vásquez, quienes están impedidos de ejercer la función de miembros de la Junta Nacional de Justicia.
Por tal motivo, la referida entidad determino declarar, a partir del 8 de marzo, la vacancia en el cargo de ambos letrados por “la causal establecida en el inciso h del artículo 18 de la Ley Orgánica de la Junta Nacional de Justicia” como consecuencia de la inhabilitación impuesta por la Resolución Legislativa Nº 008-2023-2024-CR”.
Asimismo, se dispuso oficiar al presidente de la Comisión Especial, a cargo del concurso público de méritos, para la elección de los suplentes que reemplazarán a los sancionados magistrados, esto conforme a lo dispuesto en el artículo 72 de la Ley Orgánica de la JNJ.
Inés Tello alega que sigue siendo miembro de la JNJ
La exintegrante de la Junta Nacional de Justicia (JNJ), Inés Tello de Ñecco, reiteró el pedido formulado al pleno del Congreso para declarar “inexistente” la resolución que declaró su inhabilitación por diez años para el ejercicio de la función pública.
A través de un oficio enviado al presidente del Congreso, Alejandro Soto, la letrada hizo énfasis en que no se debió contar la votación del parlamentario José Luna Gálvez (Podemos Perú) por ser integrante de la Comisión Permanente.
“Tanto el artículo 100 de la Constitución como el artículo I) del Reglamento del Congreso establecen que, en la votación del pleno en el juicio político, no participan los miembros de la Comisión Permanente”, escribió.
En otro documento, fechado el 12 de marzo, la exjueza rechazó y calificó de “insostenibles” los descargos del Parlamento para justificar la intervención de Luna Gálvez.
Y es que el Palacio Legislativo, a través de su Oficina de Comunicaciones e Imagen Institucional, afirmó que el mencionado congresista sí estaba habilitado para votar en la sesión del pleno, porque no ejerció su voto cuando se vio el informe final del caso en la Comisión
“A la luz de la Constitución y del Reglamento del Congreso, considero que sigo siendo miembro de la Junta Nacional de Justicia”, alegó Tello de Ñecco.
En otra parte del texto, la jurista señaló que su inhabilitación, expedida en la Resolución Legislativa del Congreso 008-2023-2024, fue “indebidamente aprobada”, por lo que afirmó que su cargo como miembro titular de la JNJ no podrá ser asumido por un accesitario.
Aldo Vásquez: El Congreso logró la inhabilitación de dos magistrados de la JNJ "por una vía fraudulenta"
Aldo Vásquez, exintegrante de la Junta Nacional de Justicia (JNJ), afirmó que el Congreso de la República —con un 90 % de desaprobación ciudadana— logró la inhabilitación de dos magistrados de ese organismo autónomo “por una vía fraudulenta”, al permitir votar a dos miembros de la Comisión Permanente —José Luna Gálvez, de Podemos Perú, y José Jerí Oré, de Somos Perú–.
“De lo contrario, no habrían tenido los votos. Incluso, bajo la interpretación del Congreso, de que en el pleno pueden votar todos los que no lo hicieron en la Comisión Permanente, requerían 70 votos que, tampoco, no alcanzaron”, dijo en entrevista con el programa Las cosas como son de RPP TV.
En palabras de Vásquez Ríos, la mayoría parlamentaria —en referencia al fujimorismo, Perú Libre, Renovación Popular, Avanza País y otros—, “abusando de su poder y del derecho”, inhabilitó por 10 años de ejercer cargos públicos “a miembros a los que, probablemente, nos considera incómodos”.
El también exministro de Justicia y Derechos Humanos indicó que la participación de Luna y Jerí en la votación es “inadmisible desde el punto de vista constitucional”, pues la carta magna, en concreto el artículo 100, establece que corresponde al Congreso, sin participación de la Comisión Permanente, suspender o no al funcionario acusado o inhabilitarlo para el ejercicio de la función pública hasta por diez años, o destituirlo de su función sin perjuicio de cualquiera otra responsabilidad”.
“Y el Reglamento del Congreso repite exactamente la misma fórmula”, remarcó el exvicepresidente de la JNJ.
En ese contexto, sostuvo que la “práctica parlamentaria” o la “hermenéutica parlamentaria”, este último esbozado por José Luna Gálvez para defender su voto en el pleno de la semana pasada, pese a ser parte de la Comisión Permanente, “es contraria” a la Constitución.
Alejandro Soto dispone que procurador del Congreso denuncie a Inés Tello
El presidente del Congreso, Alejandro Soto, anunció que ha dispuesto al procurador público del Parlamento realizar las denuncias penales, civiles, administrativas y constitucionales contra Inés Tello por tratar de “mantenerse ilegalmente” como miembro de la Junta Nacional de Justicia (JNJ).
De esta forma, respondió a los oficios enviados por Inés Tello en los que solicitaba que se declare "inexistente" su inhabilitación, ya que se consideró "indebidamente" el voto de José Luna Gálvez, a pesar de que es integrante de la Comisión Permanente.
En la misiva, la abogada señaló que, en la votación del 7 de marzo, el pleno solo alcanzó 66 votos para aprobar la acusación constitucional en su contra y no 67. Al validarse la intervención de Luna, de Podemos Perú, prosperó la drástica medida.
Ante esta situación, Alejandro Soto invocó a los miembros de la Junta Nacional de Justicia "a que se cumpla de inmediato con lo dispuesto" por el Legislativo.
"Caso contrario, ellos también podrían ser pasibles de denuncia", remarcó.
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Hoy 8 de marzo se conmemora el Día Internacional de la Mujer. El Congreso inhabilita por diez años a los magistrados de la Junta Nacional de Justicia, Inés Tello y Aldo Vásquez.
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