JNJ abrió investigación a Rafael Vela, José Domingo Pérez y Pablo Sánchez: ¿por qué faltas podrían ser sancionados?

El abogado penalista resaltó que las declaraciones de Jaime Villanueva deberían corroborarse antes de dictarse alguna medida contra los investigados | Fuente: Composición RPP

En La Rotativa del Aire, el abogado penalista Hugo Mendoza explicó que, incluso, los tres investigados podrían haber incurrido en los presuntos delitos de cohecho activo genérico y cohecho activo específico.

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La Junta Nacional de Justicia (JNJ) dispuso ayer, viernes, abrir investigaciones preliminares "por separado al ex fiscal de la Nación Pablo Sánchez y a los fiscales Rafael Vela y Domingo Pérez" en base al testimonio de Jaime Villanueva, exasesor de la suspendida fiscal de la Nación, Patricia Benavides.  

Como se sabe, Villanueva Barrionuevo indicó ante la Fiscalía Suprema Especializada en Delitos Cometidos por Funcionarios Públicos que los referidos magistrados habrían cometido irregularidades durante sus funciones en el Ministerio Público, algunas de ellas vinculadas al caso Lava Jato. 

Ante ello, cabe esperar que la JNJ disponga diligencias para corroborar las imputaciones formuladas por el exasesor y, en base a ello, determine si corresponde abrir procesos disciplinarios contra los investigados. Cabe resaltar que la Junta Nacional de Justicia tiene la prerrogativa de destituir jueces y fiscales.

Dado este panorama, RPP conversó con el abogado penalista Hugo Meza, para tener mayor claridad respecto al proceso que podrían afrontar los tres investigados. 

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"Podrían configurarse hasta dos delitos"

El abogado dijo estar de acuerdo con la decisión de la JNJ "porque era lo que correspondía", ante los señalamientos de Jaime Villanueva, quien "está sometido a un procedimiento de colaboración eficaz".

En ese sentido, Meza señaló que dicho testimonio vendría a ser una "noticia criminal", dado que podrían configurarse hasta dos delitos.

"En el aspecto penal, esto vendría a ser una noticia criminal, y en ese sentido deberían abrirse investigaciones preliminares para indagar hasta qué punto lo que viene diciendo Jaime Villanueva es cierto o no, porque, preliminarmente hablando, podríamos ver que se configurarían los siguientes delitos: cohecho activo genérico y cohecho activo específico", sostuvo.

El jurista explicó que ambos delitos se cometen cuando funcionarios públicos obtienen algún tipo de favor por encausar su actuación hacia una dirección determinada.

"Cohecho activo genérico es cuando cualquier persona -que en este caso podría ser el periodista Gustavo Gorriti- ofrece, da ventaja o cualquier otro beneficio a un funcionario o servidor público, entiéndase fiscales como José Domingo Pérez, Rafael Vela o Pablo Sánchez (…), con el fin de actuar en violación de sus obligaciones o funciones. En este caso hay que saber que todo fiscal conduce o es el director de la investigación penal, y está obligado a actuar con objetividad al conducir su investigación", explicó.

"Esto significa que cuando el fiscal va investigando y va advirtiendo ciertos hechos, no puede mirar a un costado o reconducir su investigación de manera parcializada. En este caso aparentemente se habría dirigido, a través de Gustavo Gorriti, según declaraciones de Jaime Villanueva, estas investigaciones; entonces podríamos decir preliminarmente que también se habría actuado en contra de (la) objetividad", agregó.

Respecto al cohecho activo específico, Meza indicó que ocurre cuando "fiscales, magistrados o árbitros" aceptan "cualquier tipo de ventaja", sabiendo que lo que se les está pidiendo "es sobre un tema sometido a su jurisdicción, su competencia o conocimiento".

"Debería preocupar que Villanueva no pueda corroborar sus declaraciones"

Por otro lado, el jurista resaltó los pocos indicios que, a juzgar por lo difundido en medios de comunicación, estaría aportando Jaime Villanueva para corroborar sus declaraciones.

"Por lo que se ha podido conocer, no habría entregado mayor información, y eso debería preocupar porque de lo contrario todo lo que viene declarando probablemente no lo pueda corroborar", sostuvo.

"Él se ha sometido a un procedimiento de colaboración eficaz. En teoría, al estar sometido a ese procedimiento, todo lo que diga tiene que ser corroborado, de lo contrario, si exagera en algún hecho o dice algo falso, se somete al riesgo de perder la negociación a la que haya llegado con la fiscalía para obtener los beneficios que busca como colaborador", agregó. 

En ese sentido, el abogado consideró que no se debería esperar una acción "desproporcionada" por parte de la Fiscalía, ya que los testimonios están en una fase inicial de corroboración. 

"Como solamente estamos en una fase inicial donde se está declarando y todavía falta la corroboración, no se debería tomar ninguna actuación al menos desproporcionada como detenciones preliminares, prisión preventiva y otras medidas que limiten derechos fundamentales como la libertad, porque estamos ante una declaración incipiente, que falta corroboración", acotó.

Sin embargo, subrayó que "se deben tomar con seriedad todas las declaraciones de un colaborador eficaz o una persona que pretende someterse a una declaración eficaz", ya que es parte de un proceso en que se busca "obtener una colaboración eficaz homologada o aprobado por un juez de investigación preparatoria". 

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Luis Felipe Rodriguez Jimenez

Luis Felipe Rodriguez Jimenez Redactor web / Periodista

Periodista formado en las aulas sanmarquinas. Trabajo en temas políticos y culturales

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