El Ministerio Público exhortó a los fiscales Rafael Vela, José Domingo Pérez y al periodista Gustavo Gorriti, así como a la opinión pública, "no atribuir intenciones espurias" por el solo hecho que les resulte desagradable la investigación preliminar.
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El Ministerio Público aseguró este viernes que la investigación preliminar contra los fiscales Rafael Vela, José Domingo Pérez y el periodista Gustavo Gorriti "no implica criminalizar a nadie" por los presuntos delitos de cohecho activo y pasivo específicos.
A través de un comunicado, la Fiscalía precisó que "debe quedar absolutamente claro" que los investigados en todo momento están protegidos por el derecho constitucional a la presunción de inocencia.
"Por ello, investigar no implica "criminalizar" a nadie, ni siquiera al investigado. Solo un juez, tras el debido proceso, puede declarar delincuente a una persona. Tampoco la actividad de investigar comprende un prejuicio, ni una hostilización, ni un intento de recortar derechos, ni favorecer a personas o grupos de personas, ni ningún otro fin espurio", indicó.
El Ministerio Público señaló que se debe distinguir entre lo desagradable que pueda ser el estar bajo investigación y de atribuir al ente investigador una intención contraria al ordenamiento jurídico, "cuando éste se limita a cumplir con su rol constitucional".
"Si una persona investigada considera que hace a favor de la sociedad o de la verdad o de la justicia una labor importante, ello no lo hace inmune a una investigación. Los méritos personales que cada uno pueda tener no dan derecho a no ser denunciado", afirmó.
En el documento indica que igualmente es cierto que "nadie tiene derecho a no ser investigado, a menos que la denuncia no reúna las características de la llamada sospecha inicial", según lo términos precisados en el ítem 24.A de la Sentencnia Plenaria Casatoria N.°1.2017/CIJ-433, del 11 de octubre de 2017.
Además, el Ministerio Público explicó que Las conductas investigadas se refieren a eventuales delitos que se sindican a los denunciados.
"Lo que interesa a la investigación es averiguar si tales conductas sucedieron o no. Vincular tal investigación con la intención de perjudicar acciones sociales valiosas (como la lucha contra la corrupción o la libertad de prensa) es una mera especulación que no ofrece ningún fundamento, y solo tiene origen en el comprensible desagrado ante la investigación", aseguró.
Sobre levantamiento del secreto de comunicaciones
En referencia a Gustavo Gorriti, señaló que "una cosa es que un periodista tenga derecho a no revelar sus fuentes y otra cosa es que exista una prohibición (que no existe) de que el Ministerio Público requiera información sobre comunicaciones de una persona investigada.
"Revelar fuentes implica un acto voluntario del conocedor de tales fuentes. El levantamiento del secreto de las comunicaciones posee otra naturaleza: no es la voluntad del requerido, sino una resolución judicial; el pedido tiene que pasar por una decisión judicial, previo contradictorio. Quien tomará la decisión es el juez. Y ante la judicatura se expondrán las razones que las partes estimen pertinentes en contra o a favor de dicho requerimiento. Si le asiste la razón a quien exprese que -ni por un acto voluntario del requerido ni por una orden judicial-cierta información no puede ser revelada, el órgano jurisdiccional así lo declarará", aclaró.
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"Deber funcional"
El Ministerio Público confirmó que la Segunda Fiscalía Suprema Transitoria especializada en delitos cometidos por funcionarios públicos abrió, el 27 de marzo de 2024, diligencias preliminares contra Rafael Vela, José Domingo Pérez, Gustavo Gorriti, Óscar Nieves y Janet Talavera por delitos de cohecho activo específico, cohecho pasivo específico, tráfico de influencias y patrocinio ilegal.
Esto luego de un "trascendido" en redes sociales de declaraciones de Jaime Villanueva -exasesor de la entonces fiscal de la Nación, Patricia Benavides-, cuya corroboración con documentos oficiales se mediante una indagación previa.
El organismo constitucional autónomo aclaró que investigar los elementos de un eventual delito es una actividad estatal cuya conducción está consagrada en la Constitución (art. 159°.4) al Ministerio Público.
Agregó que ante información de que se habría cometido un eventual delito, la Fiscalía tiene que iniciar una investigación. Hacerlo es un deber funcional, y más bien su omisión-cumplidas las exigencias de la sospecha inicial simple- constituye una conducta indebida, y quien ejerce la labor fiscal no puede no saberlo.
"Exhortamos a las personas investigadas y a la opinión pública, a asumir este cumplimiento de un deber de parte de la Fiscalía con serenidad, sin atribuir intenciones espurias por el solo hecho de que les resulte desagradable que el Ministerio Público cumpla una obligación funcional", finalizó el comunicado.
Reacción de José Domingo Pérez
José Domingo Pérez expresó su preocupación por la investigación preliminar que abrió el Ministerio Público contra él, Rafael Vela y Gustavo Gorriti.
"Preocupa el avance en las acciones destinadas a criminalizar a los operadores de justicia y periodistas de investigación en nuestro país", señaló en entrevista con El Comercio.
Para José Domingo Pérez, Fuerza Popular y Keiko Fujimori utilizarán la citada investigación del fiscal supremo Alcides Chinchay para solicitar su "exclusión o cese ante el Fiscal de la Nación, quien se encuentra presionado por las denuncias constitucionales del Congreso".
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Impactos del caso Villanueva. Nos acompañan Mabel Huertas y Guilio Valz Gen, socios de 50+1, para empezar a desentrañar la crisis política, fiscal y mediática que sacude al Perú actualmente. (Bites Carlos Villarreal, Juan de la Puente y de Panorama – Panamericana TV- Y Gustavo Gorriti en Radio Santa Rosa).
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