Espinosa-Saldaña sobre eventual demanda por autógrafa que limita referéndum: La discusión jurídica acaba en el TC

El magistrado del Tribunal Constitucional detalló el camino a seguir una vez se presente la demanda por inconstitucionalidad sobre la autógrafa aprobada por insistencia en el Parlamento. | Fuente: RPP Noticias

El magistrado del Tribunal Constitucional sostuvo que tras la decisión de este organismo sobre la demanda que presentaría el Gobierno por la autógrafa de ley que plantea límites al referéndum, no hay una instancia superior a la cual recurrir.

Eloy Espinosa-Saldaña, magistrado del Tribunal Constitucional, indicó este viernes que la discusión jurídica termina en dicho organismo, al referirse a una eventual demanda por inconstitucionalidad del Ejecutivo por la autógrafa de ley que plantea límites al referéndum, aprobada en el Congreso por insistencia.

En declaraciones a Nada está dicho de RPP Noticias, Espinosa-Saldaña sostuvo que las decisiones del Tribunal Constitucional son cosa juzgada y no se puede recurrir a recursos jurídicos para impedir su ejecución.

Agregó que en las demandas por inconstitucionalidad se somete a revisión una norma en su totalidad, por lo que las partes no pueden buscar un recurso para revertir la decisión.

“Las decisiones de inconstitucionalidad son cosa juzgada e inamovible, entonces yo no puedo, a través de un amparo, tratar de salirme de lo que se resuelve en una decisión de demanda de inconstitucionalidad, porque con la demanda de inconstitucionalidad estoy descartando o afirmando la norma en su generalidad. Entonces yo no puedo buscar un detallito en un amparo para plantearlo, no, ahí muere la discusión jurídica”, dijo.

En ese sentido, el magistrado sostuvo que las declaraciones del presidente Pedro Castillo sobre este proceso fueron claras. “Él (dice) que va a pelear en todos los escenarios jurídicos que tenga, pero que no va a dejar la bandera (del referéndum)”, precisó.

Camino tras presentación de demanda

Respecto del camino a seguir tras la aprobación de la autógrafa, el tribuno sostuvo que lo que queda es esperar la demanda por inconstitucionalidad que el Gobierno ya había adelantado.

Indicó que cuando esta sea presentada, se elegirá a un ponente y luego se dará cuenta al Parlamento que fue demandado.

“El Congreso tiene, ese es un plazo muy largo pero es lo que dice la norma, 30 días hábiles. Más feriados, más sábados y domingos, 40 o 45 días y de ahí se tiene unos tres días para convocar a audiencia y después de la audiencia resolvemos. Resolvemos en función a si conseguimos 5 votos para fundada o no y si es no, la demanda es declarada infundada y la norma constitucional”, sostuvo.

El magistrado reiteró que este caso solo podrá ser resuelto en el Tribunal Constitucional con una votación calificada. Explicó que esto significa que son necesarios cinco votos para que la demanda sea declarada fundada, si no se cuenta con este número la demanda no sería admitida y la norma aprobada por insistencia se considera constitucional.

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