El abogado penalista Eduardo Roy Gates explicó en Ampliación de Noticias la investigación preparatoria contra los magistrados Emma Benavides, hermana de la Fiscal de la Nación; María Luisa Apaza y Lorenzo Ilave García, por los presuntos delitos de cohecho y organización criminal.
El experto en derecho penal Eduardo Roy Gates señaló este vienes que no depende de la Fiscalía la investigación preparatoria contra la jueza Emma Benavides, hermana de la Fiscal de la Nación, y otros magistrados del Colegiado E de la Sala Penal Nacional, por los delitos de cohecho y organización criminal.
"Este caso no depende exclusivamente de la Fiscalía porque se podría entender que se va a hacer un favorecimiento a la hermana de la Fiscal de la Nación (...) y será un juez el que finalmente determine si existen o no existen pruebas suficientes porque si el fiscal pide el archivamiento o sobreseimiento si el juez considera que no está justificado ese pedido de sobreseimiento puede elevar la consulta a la Fiscal de la Nación o puede iniciar una investigación suplementaria. Esto no depende de la Fiscalía actualmente, depende del Poder Judicial", dijo en entrevista con el programa Ampliación de Noticias.
Eduardo Roy Gates indicó que la acusación contra los magistrados Emma Benavides, María Luisa Apaza y Lorenzo Ilave García, durante hechos enmarcados entre noviembre del 2012 y marzo del 2015, se origina en el exmayor de la PNP, Hilario Manuel Rosales Sánchez, a quien no le variaron la prisión preventiva porque no accedió a un supuesto pedido (de dinero). "Es solamente el dicho de la persona", agregó.
"La sindicación que se hace es de una persona que ha sido condenada y que señala que a él no le variaron su mandato de prisión preventiva porque no accedió a un supuesto pedido de dinero que se le hacía por parte de la Sala a través de un abogado, que se llama Walter Máximo Mendoza Pérez. Entonces, tenemos que tener en cuenta que quien hace esta sindicación es una persona, la cual la sala le confirmó en primer lugar la prisión preventiva y en segundo lugar, confirmó la decisión que declaró improcedente la variación por el cese de su prisión preventiva", dijo.
Eduardo Roy Gates sostuvo que los hechos objetivos acreditados en el expediente demuestran la "falsedad de la afirmación" de Hilario Manuel Rosales Sánchez contra la Sala que de la magistrada Emma Benavides.
"Esta persona recibió una resolución de prisión preventiva el 14 de febrero del 2014. Después señala que en marzo del 2014, al mes siguiente, supuestamente el abogado Walter Mendoza Pérez lo visita en el penal para hacerle este supuesto pedido, pero la resolución de la Sala se emite en mayo del 2014 y según registros del INPE este abogado Walter Mendoza Pérez entra en el año 2014 por primera vez al penal en setiembre del 2014, después que se emite la resolución", explicó.
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Sobre una supuesta intervención del entonces juez César Hinostroza en el caso, Eduardo Roy Gates aclaró que es "imposible materialmente" que el exmagistrado pudiera conocer en segunda instancia el caso de Hilario Manuel Rosales Sánchez, ya que aún no integraba la Corte Suprema.
"Los hechos que se investigan están enmarcados entre noviembre del 2012 a marzo del 2015. Eso son los hechos que se imputan a la sala. El doctor Hinostroza Pariachi asume el 29 de diciembre del 2015, con posterioridad a los hechos que se le imputan a la Sala. Es imposible materialmente que se haya podido afirmar que el juez Hinostroza Pariachi iba a conocer en segunda instancia cualquier decisión (...) lo que ocurre es que aquí la persona que hace la sindicación introduce el tema de Hinostroza Pariachi porque obviamente es un tema que genera alarma, cualquier cosa donde está el exmagistrado Hinostroza Pariachi puede generar cualquier suspicacia", afirmó.
Caso de fiscal Bersabeth Revilla
En relación a la remoción de la fiscal suprema Bersabeth Revilla, quien investigaba a Emma Benavides; Eduardo Roy Gates consideró que fue una decisión que se basa en un informe técnico de la Oficina de Control de Productividad Fiscal, tal como se indica en los considerandos de la resolución que da por concluida su designación como fiscal suprema provisional.
"Hay que entender la diferencia entre fiscal adjunto supremo y fiscal supremo provisional, la doctora Bersabeth Revilla era fiscal adjunta suprema desde el año 2003 y en el año 2019 se le designa como fiscal suprema provisional. El fiscal de la Nación está dentro de sus facultades de remover a los fiscales supremos provisionales", expresó.
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