Dictan 36 meses de prisión preventiva contra Jorge Barata, exdirectivo de Odebrecht en Perú, por el caso Gasoducto Sur

Jorge Barata fue incluido en la investigación preparatoria del caso denominado Gasoducto Sur Peruano. | Fuente: Andina

El Poder Judicial declaró fundado el requerimiento de la Fiscalía para imponer prisión preventiva contra Jorge Barata, domiciliado en Brasil, una vez el imputado sea puesto a disposición de las autoridades peruanas. Barata es procesado por el presunto delicto de colusión agravada.

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El Poder Judicial impuso 36 meses de prisión preventiva contra el exsuperintendente de Odebrecht en el Perú, Jorge Barata, por el caso Gasoducto Sur Peruano, que involucra al expresidente Ollanta Humala y su esposa Nadine Heredia, además de otros imputados. 

Así lo dispuso el juez Leodán Cristóbal Ayala del Sexto Juzgado de Investigación Preparatoria Nacional de la Corte Superior Nacional de Justicia Penal Especializada, tras declarar fundado el requerimiento de la fiscal Geovanna Mori de la Fiscalía Supraprovincial Especializada en Delitos de Corrupción de Funcionarios. 

Según la resolución a la que RPP tuvo acceso, la prisión preventiva contra Barata "iniciará una vez que el imputado se ponga a derecho y/o las autoridades de la Policía Internacional (Interpol) o la autoridad judicial del país requerido, vía Extradición Activa, ponga a disposición (del) Juzgado Nacional al imputado con orden de prisión cautelar".

Cabe resaltar que el exdirectivo de Odebrecht en nuestro país reside en la actualidad en la ciudad de Sao Paulo en su natal Brasil.

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Fundamentos

El juez Leodán Cristóbal Ayala dictó la medida coercitiva contra Jorge Simoes Barata ante "la presencia de sospecha fuerte sobre la presunta participación del investigado (...) en los seis actos de presunta colusión agravada en el contexto de los proyectos de inversión pública, conocidos como Proyecto Kuntur y Proyecto Gasoducto".

En ese sentido, el magistrado consideró que "desde la fase de ejecución del primero hasta el otorgamiento de la buena pro del segundo, se habría materializado el pacto colusorio celebrado entre el imputado a nombre de la empresa Odebrecht con Ollanta Humala y Nadine Heredia, estos en su rol de pareja presidencial y alto funcionario público, con el propósito de defraudar patrimonialmente al Estado en beneficio de intereses particulares".

El Poder Judicial señaló también que la prisión preventiva que la Fiscalía solicitó "es necesaria, porque no existe otras medidas que sean igual mejor de efectivas para sujetar o cautelar la presencia del investigado ligado al proceso, dado que estamos ante una persona que se encuentra fuera del alcance territorial de la jurisdicción" de la justicia peruana.

En esa línea, el juez refirió que la "jurisdicción del tribunal tiene la potencia suficiente como para vincular de forma real y objetiva" al imputado, "de tal manera que garantice su presencia constante en el proceso judicial y eventualmente en la ejecución de la sentencia". 

"La única medida efectiva para sujetar al proceso es la prisión preventiva, por excepción, y para su ejecución importará librar las órdenes que ha lugar a la policía internacional a fin de ser ubicado, capturado y trasladado al país, previo los procedimientos de extradición que ha lugar de ser necesario", apuntó el juzgado.

Por ello, el magistrado ordenó que Jorge Barata se ponga a disposición de la justicia peruana "en el plazo no mayor a diez (10) días hábiles a partir de la notificación a su defensa" de la resolución, "bajo apercibimiento, de librar los oficios correspondientes a la Policía Internacional – Interpol, para su ubicación en el lugar o país en el que se encuentre para la ejecución de la (...) medida".

Asimismo, dispuso que, de ser necesario, se curse "los oficios respectivos a la autoridad correspondiente de la Policía Nacional del Perú y a la Policía Internacional (Interpol)" y que, "una vez, ocurrida la entrega o detención del imputado", este sea internado en el establecimiento penitenciario que el INPE determine. 

Fiscalía incluyó a Jorge Barata en la investigación preparatoria del caso Gasoducto Sur

La resolución del juzgado nacional se da luego de que, el pasado 10 de julio, el Segundo Despacho del Equipo Especial Lava Jato dispuso incluir a Jorge Simoes Barata en la investigación preparatoria del caso denominado Gasoducto Sur Peruano.

Dos días antes, el despacho a cargo de la fiscal provincial Norma Geovana Mori Gómez emitió un pronunciamiento respecto a la situación jurídica del imputado y lo sindicó como cómplice del delito de colusión agravada en agravio del Estado.

Esta decisión llegó luego de que el Poder Judicial revocara el acuerdo de colaboración eficaz que mantenía el exsuperintendente de Odebrecht en Perú a petición del Ministerio Público, por haber incumplido en ofrecer su testimonio en el juicio seguido contra el expresidente Ollanta Humala.

Dicha decisión fue emitida por la jueza Margarita Salcedo del Quinto Juzgado de Investigación Preparatoria Nacional tras la denuncia del fiscal José Domingo Pérez Gómez, por lo que dispuso que se acuse a Jorge Barata, determinando la forma y circunstancias de la comisión del delito, así como el grado de responsabilidad que le corresponde.

Al respecto, el abogado penalista Carlos Caro indicó que lo que diga o no Jorge Barata no resultaría tan importante, pues la Fiscalía ya ha armado el caso con las declaraciones como colaborador.

"Allí la norma habla de la desaprobación del acuerdo a nivel de la Fiscalía y a nivel del Poder Judicial en la etapa de homologación. La norma no se refiere expresamente a una revocatoria. Habría que interpretar que incluye la revocatoria, porque se está perdiendo el beneficio, con lo cual todo lo declarado no podría ser usado en su contra. Sin embargo, recordemos que la Fiscalía ya ha armado los casos, para bien o mal, con información del colaborador, de manera que lo que diga o no diga el colaborador no es tan importante para continuar con este proceso", dijo en Ampliación de Noticias de RPP.

De acuerdo con la tesis de la Fiscalía, Barata habría favorecido a Odebrecht en la adjudicación del proyecto Gasoducto Sur Peruano y en la devolución de la carta fianza del proyecto Gasoducto Andino del Sur.

No obstante, en su declaración vía cooperación judicial, Barata no reconoció los hechos materia de investigación y se apartó de los aspectos relatados en el marco de la colaboración eficaz.

Además, el pasado 24 de mayo se concluyó con la actuación de prueba anticipada del testigo José Alejandro Graña Miro Quesada, quien incriminó a Barata en los proyectos en cuestión.

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Luis Felipe Rodriguez Jimenez

Luis Felipe Rodriguez Jimenez Redactor web / Periodista

Periodista formado en las aulas sanmarquinas. Trabajo en temas políticos y culturales

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