El exministro de Educación Daniel Alfaro es investigado por el presunto delito de omisión, rehusamiento o demora de actos funcionales por supuestamente no haber supervisado el contenido de los textos escolares correspondientes al año 2019.
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La Procuraduría General del Estado pidió al Poder Judicial que el exministro de Educación Daniel Alfaro pague la suma de 207 mil soles como reparación civil a favor del Estado peruano.
La defensa legal de nuestro país consignó esta propuesta inicial dentro de la solicitud que hizo para constituirse como "actor civil" o "parte agraviada" dentro de la investigación preparatoria que afronta Alfaro Paredes por el presunto delito de omisión, rehusamiento o demora de actos funcionales.
El magistrado determinó que la solicitud de constitución en actor civil es fundada al haber cumplido con los requisitos establecidos en los artículos 100 y 101 del Código Procesal Penal para ser aceptada.
El juez supremo Peña Farfán desestimó la oposición que presentó el abogado de Daniel Alfaro al pedido que hizo la defensa legal de nuestro país al sostener que el monto requerido como reparación civil es exorbitante, arbitrario, fuera de la realidad y sin un sustento válido, razonable o verosímil, el cual no tiene proporción con los hechos.
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Investigación contra Daniel Alfaro
El exministro Daniel Alfaro afronta una investigación preparatoria en el Ministerio Público luego que 15 de noviembre del 2023 el Congreso de la República aprobó el informe final relacionado a una denuncia constitucional que se presentó en su contra por presuntamente haber incumplido las funciones propias de su cargo al haber omitido vigilar y supervisar el texto escolar correspondiente al año 2019, denominado "Desarrollo Personal Ciudadanía y Cívica".
En dicho texto, dirigido a alumnos del tercer año de secundaria, aparece un link que contiene información relacionada a relaciones sexuales, el cual fue considerado inapropiada.
Al respecto, la defensa legal de Alfaro Paredes precisa que no existe la posibilidad que su patrocinado haya omitido funciones, pues de acuerdo al artículo 6 del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Educación, no establece que el ministro tenga como funciones vigilar y supervisar el contenido de los textos escolares motivo por el cual, en ese extremo, debe desestimarse el pedido de la Procuraduría General del Estado.
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