La Sala Penal Permanente de la Corte Suprema declaró infundado el recurso de apelación presentado por el legislador de Acción Popular, pues determinó que en lo que va de la investigación no se ha determinado que el dinero no tenga relación con el delito que se le imputa.
El Poder Judicial confirmó la incautación de más de 71 000 dólares y más de 33 000 soles que realizó la Fiscalía tras allanar la vivienda del congresista de Acción Popular, José Arriola, ubicada en distrito limeño de La Molina el pasado 24 de marzo como parte de la investigación preliminar que se le sigue por el caso ‘Los Niños’.
La Sala Penal Permanente de la Corte Suprema adoptó esta medida al declarar infundado el recurso de apelación presentado por dicho legislador, a través de su defensa legal, para que se revoque la resolución que emitió el juez supremo Juan Carlos Checkley el pasado 19 de junio en la que se rechazó su solicitud para que se le devuelva el dinero incautado en este caso.
La defensa legal de dicho parlamentario argumentó que este dinero 71 950 dólares y 33 570 soles, no es objeto de la investigación ni se ha acreditado que sea de origen ilícito, por lo que su incautación no cumple con los requisitos de vinculación entre el dinero incautado y el delito imputado.
Resolución
No obstante, el tribunal presidido por el juez supremo César San Martín determinó que, en lo que va de la investigación no se encuentra determinado indefectiblemente que dichos bienes no tuvieran ninguna relación con el delito que se le imputa al legislador, tanto más si los bienes materia de cuestionamiento son de fácil ocultamiento y se camuflan de diversas maneras como es el caso de transferencia u otros mecanismos análogos, por lo que el fin de la medida resulta a todas luces idónea, necesaria y proporcional.
Respecto de los argumentos de la defensa legal del parlamentario sobre la licitud del dinero incautado que supuestamente proviene de ahorros y retiros de AFP, el colegiado supremo precisa que los documentos presentados no resultan lo suficientemente esclarecedores respecto a la procedencia del dinero.
“En consecuencia, al no advertirse vicio de nulidad ni afectación de derecho alguno y al estar la medida acorde con la naturaleza de los delitos imputados y a las circunstancias que enmarcan los hechos y a la etapa procesal en que se encuentra la presente causa, corresponde desestimar el recurso y confirmar la recurrida”, se lee en la resolución de la sala suprema a la que accedió RPP Noticias.
La Fiscalía atribuye a José Arriola haber presuntamente formado parte de la organización criminal denominada ‘Los Niños’ que encabezó el entonces presidente Pedro Castillo. El legislador habría aprovechado su condición como tal para votar en contra de mociones de vacancia, censura e interpelación de ministros y respaldar cuestiones de confianza planteadas por el Ejecutivo a cambio de beneficios ilícitos como el nombramiento de personas en puestos de confianza dentro del Ministerio de la Producción, entre otros hechos.
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