Martín Vizcarra demanda que la instancia superior revoque una resolución judicial del último 9 de mayo, en la que se rechaza su pedido de autorización de viaje.
El Poder Judicial admitió a trámite la apelación que presentó el expresidente Martín Vizcarra para se le permita ausentarse de Lima entre los meses de Junio y diciembre a fin de viajar a Moquegua por razones laborales.
La jueza Margarita Salcedo determinó que el recurso interpuesto por el exmandatario, a través de su defensa legal, cumple los presupuestos establecidos en el Código Procesal Penal para ser aceptado.
El exjefe de estado demanda que la instancia superior revoque la resolución que emitió dicha magistrada el último 9 de mayo, en la que rechazo este pedido y reformandola declare fundada su solicitud de autorización de viaje.
Vizcarra considera que en la resolución impugnada existe una vulneración al principio de
predictibilidad de las resoluciones judiciales, en cuanto a que este juzgado exige nuevos requisitos probatorios para denegar la solicitud de autorización de viaje por motivos laborales.
Lo anterior, indica el recurso, conlleva a que se genere un inseguridad jurídica y se vulnere el principio de proporcionalidad, puesto que existe una coalición entre la restricción de no ausentarse del lugar de residencia y el derecho al trabajo.
Ante ello, la jueza Salcedo Guevara resolvió el último 24 de mayo "conceder" este recurso de apelación y remitirlo a la Tercera Sala Penal de Apelaciones Nacional, instancia que si lo admite a trámite deberá convocar a una audiencia virtual para evaluarlo con la participación de las partes involucradas a fin de emitir una decisión final al respecto.
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La resolución apelada
La jueza Margarita Salcedo Guevara declaró fundada la oposición que presento el Ministerio Público frente a la solicitud que hizo el exmandatario, a través de su defensa legal, para que se le autorice viajar, una vez al mes, inicialmente durante los meses de mayo a diciembre a la ciudad de Moquegua a fin brindar sus servicios como ingeniero de proyectos en la empresa Agrotécnica Estuquiña S.A.
La defensa legal del exjefe de estado pidió autorización para que su patrocinado pueda viajar en ocho fechas distintas que abarcan desde el 10 al 14 de mayo de 2024 (5 días), desde el 14 al 18 de junio de 2024 (5 días), desde el 25 al 29 de julio de 2024 (5 días), desde el 22 al 26 de agosto de 2024 (5 días), desde el 26 al 30 de setiembre de 2024 (5 días), desde el 24 al 28 de octubre de 2024 (5 días), desde el 22 al 26 de noviembre de 2024 (5 días), y desde el 14 al 17 de diciembre de 2024 (4 días).
No obstante, la Salcedo Guevara declaró infundada esta solicitud al determinar que el exmandatario no acreditó en modo alguno que resulte necesario e indispensable su presencia física en la ciudad de Moquegua y tampoco alcanzó la documentación pertinente que justifique, a la fecha, las labores específicas que viene realizando, conforme lo ha señalado el Ministerio Publico.
“Se ha presentado informes que a todas luces no justifican que el procesado vendría desarrollando dicha actividad, puesto que en su condición de supervisor tendría que interrelacionarse con las distintas áreas del proyecto, por tratarse de una habilitación urbana, siendo que no existe documentación ingresada ante la Municipalidad de Moquegua, menos acreditación de tramites sobre observaciones realizadas por dicha entidad” precisó la magistrada en su resolución emitida el último 9 de mayo a la que tuvo acceso RPP.
La jueza Salcedo también tomó en cuenta el estado del proceso penal que afronta el expresidente Martín Vizcarra por el caso “Obrainsa”, toda vez que se avecina la etapa de juzgamiento que requiere la presencia física obligatoria en audiencia del acusado y "se pondría en riesgo la etapa de juzgamiento”.
La magistrada también resaltó que el exmandatario tiene la condición de socio fundador de la empresa Agrotecnica Estuquiña S.A y en atención a ello puede procurar realizar sus labores por otro medio alternativo, como seria vía remota.
Salcedo Guevara, finalmente, solicitó al Jefe de la División de Protección de Dignatarios que remita a su despacho un informe detallado sobre el itinerario de viaje y actividades del exjefe de estado en las fechas que se le ha concedido permisos judiciales en los meses de enero a abril, en el plazo de 48 horas.
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