Abogado de Martín Vizcarra sobre caso Vacunagate: "Nunca abusó de su cargo"

“Puede ser discutible como imagen pública pero no califica como concusión”, refirió Fernando Ugaz.Fuente: RPP

Fernando Ugaz, abogado de Martín Vizcarra, señaló que no existe el delito de concusión contra el expresidente ya que la responsabilidad de la vacunación y los protocolos corresponden al médico.

Fernando Ugaz, abogado del expresidente Martín Vizcarra, señaló que no se ha cometido el delito contra la administración pública en la modalidad de concusión a raíz de la irregular vacunación de funcionarios del Estado contra la COVID-19.

"Descartamos la configuración típica de esta imputación. En primer lugar decimos que no ha abusado de su cargo, y no abusó del cargo porque él no solicitó o no preguntó esto [vacunación] en relación con su cargo presidencial", sostuvo Ugaz en Todo se Sabe.

El abogado señaló que es el doctor Germán Málaga quien le preguntó a Vizcarra en si deseaba recibir la vacuna de ensayo clínico —argumentó la defensa en base a un video del 11 de setiembre de 2020 durante una visita de los ensayos—.

"[Martín Vizcarra] Le pregunta al doctor Málaga si es que es posible que él participe de los ensayos experimentales. La respuesta del doctor fue Málaga fue categórica: sí. ¿Cumpliendo con los protocolos? Sí. Entonces la pregunta jurídica relevante es si una pregunta implica una inducción, una obligación, una determinación a una persona. Y la respuesta es no", agregó.

Responsabilidades

Por otro lado, Fernando Ugaz dijo que los detalles de los protocolos durante la vacunación son de "estricta responsabilidad médica" y quien dirigió el experimento fue el doctor Germán Málaga ya que "es el que tiene que determinar las pautas, procedimientos".

"La responsabilidad no es del paciente, sino del médico (...) El concepto jurídico penal sobre inducir es que es un requerimiento fraudulento con falsedad relevante provocado con engaño y mentiras. Y si uno hace una pregunta incluye una respuesta dentro de la pregunta", declaró en Todo se Sabe.

"No existe inducción al valerse de su cargo para tal fin. No ejerce la voluntad sino el tercer elemento, no es un bien ni un beneficio, un patrimonio económico mensurable. El tipo penal exige que esta inducción permita que se beneficie de un beneficio patrimonial. El ensayo vacuna no está dentro del mercado, no tiene valor económico, no es un valor patrimonial", agregó.


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