El último miércoles, el jefe del Gabinete, Alberto Otárola presentó ante el Congreso el proyecto de ley que establece destituir a docentes que integren cualquier "agrupación" con "ideología" contraria "al orden constitucional". Esto dice la propuesta.
El pasado 5 de febrero, tras una sesión de Consejo de Ministros, el presidente del Consejo de Ministros, Alberto Otárola, anunció que el Gabinete, "de manera unánime", había aprobado presentar al Parlamento un proyecto de ley que modifica la Ley de Reforma Magisterial para destituir docentes con "ideologías que contravienen la Constitución".
"Se ha aprobado (...) un proyecto de ley en virtud del cual (…) se establecen causales de cese inmediato por falta muy grave contra aquellos docentes que pertenezcan a ideologías que contravienen la Constitución y que estén dictando clases en perjuicio de los valores cívicos, democráticos y ciudadanos", anunció Otárola Peñaranda.
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Esto, según indicó, para "garantizar que los estudiantes cuenten con profesores idóneos que promuevan una educación a base de valores, de respeto por la Constitución y del estado de derecho".
"(Los docentes) están obligados no solamente a cumplir con los objetivos de la currícula escolar, sino también y sobre todo a enseñar sobre la base de los valores cívicos ciudadanos, los contenidos de la Constitución, el respeto por los derechos fundamentales y la crítica a aquellas ideologías violentistas que no han hecho sino dañar al Perú y causar innumerables víctimas y daños materiales", acotó el premier.
Dicho proyecto fue remitido al presidente del Congreso el último miércoles, y actualmente se encuentra en la agenda de la Comisión de Educación del Parlamento.
Esto es lo que dice la propuesta legislativa.
¿Qué dice la propuesta presentada por el Ejecutivo?
El proyecto plantea modificar 3 artículos de la Ley N° 29944, Ley de Reforma Magisterial, "en lo referido a los requisitos para postular a la Carrera Pública Magisterial, las medidas preventivas y la destitución".
De esta manera, en el artículo 18 -que indica los requisitos para participar en el concurso público de acceso a una plaza vacante- se incorpora un nuevo inciso que señala el impedimento de participar en alguna "organización" que tenga una "ideología" contraria al "orden constitucional".
"No ser a título personal o integrante, miembro, afiliado, representante, o pertenecer a una organización, movimiento o cualquier forma de agrupación cuya ideología o actos sean contrarios al orden constitucional, al sistema democrático y/o al respeto a los derechos humanos. El reglamento regula este requisito respetando el principio de legalidad", indica el inciso propuesto.
Asimismo, en el artículo 49 referido a las causales de destitución de docentes, se considerará como una más de las "faltas o infracciones muy graves, pasibles de destitución" el integrar una "organización" como la ya señalada.
"Ser a título personal o integrante, miembro, afiliado, representante, o pertenecer a una organización, movimiento o cualquier forma de agrupación cuya ideología o actos sean contrarios al orden constitucional, al sistema democrático y/o al respeto a los derechos humanos. El reglamento regula esta causal, respetando el principio de legalidad y el debido proceso", indica el proyecto.
A su vez, en el artículo 44, el proyecto indica que se puede separar preventivamente al docente que incumpla lo añadido en el artículo 49.
"El director de la institución educativa separa preventivamente al profesor y da cuenta al Director de la Unidad de Gestión Educativa Local (UGEL) correspondiente, cuando exista una denuncia administrativa o judicial contra este, por la causal de destitución establecida en el literal k) del artículo 49 de la Ley, o por los presuntos delitos de violación contra la libertad sexual, hostigamiento sexual en agravio de un estudiante, apología del terrorismo, delitos de terrorismo y sus formas agravadas, delitos de corrupción de funcionarios, delitos de tráfico ilícito de drogas; así como por incurrir en actos de violencia que atenten contra los derechos fundamentales de la persona y contra el patrimonio, que impiden el normal funcionamiento de los servicios públicos", señala.
¿Cuáles son los fundamentos del proyecto?
El proyecto de ley dice justificarse "en el deber de protección del derecho a la educación", lo cual supone "el desarrollo integral de la persona, la promoción del conocimiento y el aprendizaje, y la formación ética y cívica que comprenda la enseñanza de la Constitución y los derechos humanos".
"Como Estado, no podemos ser ajenos a que existen ciudadanos que pertenecen a movimientos u otras formas de agrupación que buscan ser el semillero y medio de difusión de su ideología basada en la violencia; contraviniendo el respeto a los derechos humanos, tales como grupos xenófobos, homofóbicos, racistas, los que realizan acciones de apología a la violencia, al terrorismo, entre otros; y, que dichas organizaciones buscan acceder, a través de sus adherentes, afiliados, miembros o representantes a la carrera pública magisterial, a fin de cumplir con el propósito de difundir su ideología en la población estudiantil del país", señala el texto.
Por ello, refiere que se trata de evitar "poner en riesgo a las y los estudiantes de las instituciones educativas públicas y ponderar el derecho a una educación de calidad a cargo de docentes idóneos que brinden el servicio esencial de la educación sin ninguna interferencia que afecte el respeto a los derechos humanos".
"En consecuencia, la norma que se pretende aprobar resulta idónea, en términos de su sometimiento a la Constitución y al código de ética del servidor público, puesto que no contraviene ningún derecho protegido por ella", indica.
Vale decir que la propuesta dice que, "en apariencia", podría "entenderse que limita el derecho a la libertad de conciencia y vulnera la presunción de inocencia"; no obstante, resalta que "en el marco de la carrera pública magisterial, el docente tiene como fundamento ético para su actuación profesional el respeto a los derechos humanos y el desarrollo de una cultura de paz (...), razón por la cual no podría exigirse una sentencia pues al ser una condición intrínseca que debe tener el profesional de la educación no está supeditado a un delito sino a las actitudes, tradiciones, estilos de vida, aspectos que definen a un forjador de la cultura de paz".
Respecto a la entidad encargada de dirimir si el docente es parte de una organización "de carácter antidemocrático", el proyecto indica que esto será determinado "por un órgano jurisdiccional o administrativo", que resolverá "que la agrupación tiene una ideología o realiza actos contrarios al orden constitucional, al sistema democrático y/o al respeto de los derechos humanos, el cual será establecido dicho procedimiento en el reglamento".
Sutep: La propuesta "pretende amordazar" a los docentes
Respecto a este proyecto de ley, el Sindicato Unitario de Trabajadores en la Educación del Perú (Sutep) rechazó la iniciativa a través de un pronunciamiento, e indicó que los docentes agremiados "no usan las sesiones ni actividades de aprendizaje para hacer ningún tipo de proselitismo ni adoctrinamiento".
"La normatividad que aprueba la destitución o inhabilitación definitiva de docentes que promueven ideas que se contraponen al estado de derecho, a la Constitución y a las leyes, ya existe. Por tanto, la propuesta resulta reiterativa, fuera de lugar, populista y efectista", resaltó el sindicato.
En ese sentido, el Sutep señaló a la Ley de Reforma Magisterial -específicamente a sus artículos 2 y 18- y a la Ley N° 29988 como normativas que ya establecen este tipo de medidas.
"Para nadie es un secreto que la Constitución tiene como fundamento ideológico el neoliberalismo (...) Siendo así, la afirmación gubernamental tiene como mensaje 'no digas nada contra el neoliberalismo porque te destituyo' (...) Lo cierto es que el magisterio es un sector cuestionador y lo que busca este proyecto es acallar esa voz contestataria y cuestionadora".
Finalmente, el sindicato consideró que la propuesta "pretende amordazar" a los docentes, ya que "en la lógica (...) del Ejecutivo no se puede cuestionar la Constitución y la normatividad vigente".
Hacia un gasto eficiente en educación
Así como es importante contar con más inversión en educación, también es necesario revisar cómo se utiliza esa inversión para avanzar hacia el ODS 4: Educación de calidad. En este episodio, conversamos del tema con Juan León y Jorge Mesinas, investigadores de GRADE y autores del estudio "Revisión del gasto público regional en educación básica. Hacia una más eficiente asignación de recursos para la mejora del desempeño educativo", realizado con apoyo del Ministerio de Economía y Finanzas.
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