¿El Poder Ejecutivo podría considerar como una denegación fáctica el rechazo "de plano" de la cuestión de confianza?

La Mesa Directiva rechazó de plano la cuestión de confianza del Poder Ejecutivo | Fuente: Foto: PCM / Video: RPP Noticias

El abogado constitucionalista Luciano López opinó que "hubiera sido más sano" si esta decisión venía del Pleno, previa opinión de la Comisión de Constitución, y no directamente de la Mesa Directiva.

Te recomendamos

El abogado constitucionalista Luciano López consideró que "hubiera sido más sano" que la reciente decisión de la Mesa Directiva de rechazar de plano la cuestión de confianza planteada por el Poder Ejecutivo venga del Pleno del Parlamento; no obstante, reconoció que "no cabe" que esto sea considerado como una denegación fáctica de la confianza.

"Lo que ha hecho el Congreso es que, si antes la cuestión de confianza se planteaba y tenía que votarse sobre el aspecto de fondo, se ha creado un trámite previo que es decidir si es procedente o no. Esa modificación reglamentaria le da la potestad de decidir la improcedencia de la cuestión de confianza a dos entes en el Parlamento", indicó.

"En mi opinión hubiera sido mucho más sano, mucho más limpio y mucho más contundente y sustentado si es que la decisión venía del Pleno con una opinión de la Comisión de Constitución porque eso generaría que en la comisión se apruebe un informe y tenga una validación y, en segundo lugar, se aprobaba por una decisión del Pleno", comentó.

En entrevista con RPP, el abogado consideró que el Poder Ejecutivo, al no estar de acuerdo, "tendrá que aguantar el golpe jurídico" porque anteriormente el Tribunal Constitucional ya ha declarado infundada su demanda. Sobre la posibilidad de que esto sea interpretado como una negativa de la confianza, opinó que se "entraría en un espacio demasiado riesgoso".

"Para mí entraría en un espacio demasiado riesgoso porque la ley 31355, estemos de acuerdo o no con ella, tiene un artículo que más o menos dice que el único que puede interpretar las decisiones del Parlamento, es él mismo (…) Más allá de mi opinión, nos guste o no, esa ley fue al Tribunal, llevada por este Poder Ejecutivo y el Tribunal, por falta de votos, dijo infundada como lo dice la ley. Si se rechazó, entonces está validada", agregó.

Sobre posible moción para suspender al presidente

En otro momento, el abogado constitucionalista cuestionó que el Congreso pretenda impulsar una moción de suspensión contra el presidente Pedro Castillo en lugar de continuar con la denuncia constitucional que la fiscal de la Nación, Patricia Benavides, presentó a la Subcomisión de Acusaciones Constitucionales para iniciarle el antejuicio político.

"Lo que veo es que el borrador de esta moción alude a los hechos referidos a la denuncia constitucional de la doctora Benavides, que además la Comisión Permanente ha validado, a su vez, la decisión de la Subcomisión de abrir el antejuicio por esa denuncia (…) Lo que veo es que están duplicando procedimientos sobre una misma acción de la Fiscalía", indicó.

"Si tienes esa vía, que además está asfaltada, señalizada, por qué abres una trocha. Yo entiendo que es un tema de rapidez, pero me preocupa, y creo que debería preocuparles a los parlamentarios, porque ayer acaba de salir una resolución del Tribunal Constitucional sobre la traición a la patria que les está diciendo que no fuercen las cosas", agregó.

Mesa Directiva rechaza de plano la cuestión de confianza

Este jueves, la Mesa Directiva decidió, en la reciente sesión del Pleno, rechazar de plano la cuestión de confianza solicitada por el Poder Ejecutivo. A través de un pronunciamiento, el presidente del Congreso, José Williams, dijo que este mecanismo "debe cumplir requisitos constitucionales y legales vigentes en nuestro estado de derecho".

"La Mesa Directiva ha acordado por mayoría rechazar de plano la cuestión de confianza planteada por el presidente del Consejo de Ministros por tratarse de maneras prohibidas para el planteamiento de una cuestión de confianza, tal como lo estableció el Tribunal Constitucional. Asimismo, hemos exhortado al Consejo de Ministro a respetar escrupulosamente los parámetros constitucionales y legales para la presentación de la cuestión de confianza", señaló.

Al inicio de la reciente sesión del Pleno, José Williams reconoció que la cuestión de confianza "es una facultad discrecional" prevista para los ministros de Estado o para el presidente del Consejo de Ministros; sin embargo, precisó que esta debe cumplir "requisitos constitucionales y legales vigentes en nuestro estado de derecho".

Asimismo, cuestionó que, en su exposición, Aníbal Torres haya expresado que, si su planteamiento no es atendido, el Poder Ejecutivo entenderá que la cuestión de confianza ha sido rechazada. Para el titular del Parlamento, esto representa "un claro intento de arrogarse la facultad exclusiva y excluyente del Congreso de aprobar o no la confianza".

"Resulta evidente que lo planteado por el ministro Torres excede el marco constitucional y legal debido a que desconoce las competencias del Congreso como titular de la relación fiduciaria entre el Ejecutivo y el Legislativo y, en consecuencia, representa una grave alteración al estado constitucional de derecho y a la separación de poderes", apuntó.

El pasado 17 de noviembre, el presidente del Consejo de Ministros, Aníbal Torres, junto a los ministros de Estado, planteó ante el Congreso de la República una cuestión de confianza a fin de que el Parlamento apruebe la iniciativa del Ejecutivo para que se derogue la Ley 31399, que protege la Constitución para limitar el referéndum.

"El motivo por el cual estoy aquí, acompañado por mi gabinete, es para solicitar que se apruebe el proyecto de ley presentado hoy día que deroga la ley 31399, ley que fortalece el proceso de aprobación de leyes de reforma constitucional, regulados en los artículos 40 y 44 de la ley 26300, ley de derechos de participación y control ciudadano", dijo .

"Téngase presente que la ley que solicitamos se derogue, la 31399, es una ley ordinaria, no constitucional. También téngase presente que se puede derogar una ley que el Tribunal Constitucional ha derogado o no constitucional. El hecho de que el Tribunal Constitucional declare la constitucionalidad de una ley no significa que no se puede derogar, como lo han sostenido algunos, entre comillas, prestigiosos constitucionalistas", agregó.

NUESTROS PODCAST

Hoy analizamos el clima electoral en Junín. ¿Cuál es la situación en la cuna del proyecto Perulibrista? Nos lo cuentan Paulo Vilca de 50+1 y Ada Ramos de RPP. (Bites de informe “Los dinámicos del centro” y la Fiscalía, Jorge Jáuregui, Cynthia Cienfuegos y Ober Villalva).

Tags

Suscribirte al newsletter de tus noticias preferidas

Suscríbete a nuestros newsletter y actualiza tus preferencias

Buzon
Al suscribirte, aceptas nuestras políticas de privacidad

Contenido promocionado

Taboola