El presidente de la Comisión de Fiscalización, Héctor Ventura, intentó tomar juramento del expresidente Pedro Castillo para dar por iniciada la sesión; sin embargo, este se negó.
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El exmandatario Pedro Castillo se conectó de manera virtual a la sesión de la Comisión de Fiscalización para la que estaba citado a partir de las 9.00 a. m., a fin de que responda en calidad de investigado por los presuntos delitos de corrupción en los proyectos financiados por las municipalidades de Anguía, Chachapoyas y Chadín. No obstante, luego de exigir al presidente del referido grupo de trabajo, Héctor Ventura, participar de manera presencial, Castillo Terrones se negó a jurar y la audiencia quedó suspendida.
Eduardo Pachas, abogado del exmandatario, asumió su defensa legal, pues la abogada Llisset Garrido, quien había sido acreditada ante el Congreso, no se encontraba habilitada por el Colegio de Abogados de Lima (CAL).
Pasado este impase, Ventura se dispuso a tomar juramente del investigado, pero este se negó. "Juraré de manera presencial", argumentó.
Acto seguido, el presidente de la Comisión de Fiscalización le recordó a Castillo Terrones que ya no es más jefe de Estado y que, por tanto, no cuenta con prerrogativas. Además, refirió que el Código Penal no tiene prevista la salida de un interno del centro penitenciario, por lo que le corresponde al exmandatario responder desde Barbadillo.
Tanto Pachas como Ventura se mantuvieron firmes en su punto de vista, lo que motivó una demora de más de media hora en el desarrollo de la sesión. Incluso la congresista fujimorista Martha Moyano exhortó a Castillo Terrones para que "deje de hacer show".
"Estamos notando es que quieren entorpecer el desarrollo de esta investigación", dijo Ventura antes de suspender nuevamente la sesión ante la imposibilidad de llevarla adelante.
Finalmente, la Comisión de Fiscalización señaló que evaluará presentar una denuncia penal contra Pedro Castillo.
Poder Judicial confirmó que improcedencia de habeas corpus presentado por Pedro Castillo
El Poder Judicial confirmó la sentencia que había declarado imprecedente una demanda de habeas corpus presentada por Pedro Castillo, a fin de que se ordene su libertad. El argumento del exmandatario para que se le expida la validez era que su detención habría sido arbitraria.
No obstante, la Primera Sala Constitucional de la Corte Superior de Justicia de Lima, aseguró que sí es posible detener a altos funcionarios en caso de flagrancia, “más aún si estos atentan contra el orden jurídico constitucional”.
"La detención al señor José Pedro Castillo Terrones no resulta arbitraria, toda vez que, en atención a que las presuntas conductas ilícitas imputada a José Pedro Castillo Terrones, en su condición de Presidente de la República, fueron cometidas en flagrancia y ante el intento de fuga, la Policía Nacional del Perú estaba facultada a detener en flagrancia a la referida persona de conformidad con el artículo 2, numeral 24, inciso f, de la Constitución Política", aseveró la sala.
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