En entrevista con RPP Noticias, la presidenta del Congreso señaló que la autógrafa de ley mediante la cual se establece que las reformas constitucionales sometidas a referéndum sean aprobadas previamente por el Parlamento no constituye un recorte a los derechos de la población.
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La presidenta del Congreso, María del Carmen Alva, expresó su confianza en que el pleno apruebe el predictamen de insistencia, presentado por la Comisión de Constitución, sobre la autógrafa de ley mediante la cual se establece que las reformas constitucionales sometidas a referéndum sean aprobadas previamente por el Parlamento.
En entrevista con RPP Noticias, Alva Prieto rechazó las declaraciones del ministro de Justicia, Aníbal Torres, quien cuestionó esta decisión y advirtió un intento de recortar el derecho fundamental de los ciudadanos para participar directamente de un referéndum. Como se sabe, la norma había sido observada por el Gobierno del presidente Pedro Castillo.
"De ninguna manera. Yo cada día me sorprendo más de las declaraciones del ministro de Justicia, que se supone que es un hombre de leyes y no entiendo qué le pasa. Acá nadie limita ningún derecho al referéndum, y esto no tiene nada que ver con lo que está diciendo. Esto es simplemente lo que existe y está en la Constitución", señaló.
"Es simplemente interpretar lo que ya está: que cualquier tema de referéndum para la modificación de una Constitución, sea total o parcial, pasa necesariamente por el Congreso, y eso está en el artículo 206. No entiendo cómo pueden tergiversar las cosas, informar mal, un ministro de Justicia, pero ya estamos acostumbrados a sus declaraciones", agregó.
Sobre la advertencia de la presidenta del Consejo de Ministros, Mirtha Vásquez, sobre una presunta inconstitucionalidad de esta medida, la titular del Parlamento recordó que el propio Jurado Nacional de Elecciones ha desestimado este argumento, así como otros abogados constitucionalistas.
"Yo quisiera exhortar al Ejecutivo a que sean más serios, y lo vuelvo a decir, que sean responsables en sus declaraciones porque no pueden inventar un nuevo Derecho o decir algo que no dice la Constitución. Nosotros no podemos ir más allá, no estamos modificando. Esto no es una reforma constitucional, no estamos modificando lo que dice la Constitución, estamos reafirmando lo que dice la Constitución", anotó.
"Que quede claro a toda la población: acá no hay ningún límite del derecho a hacer un referéndum. Ya está claro que solamente en casos de reforma constitucional tiene que pasar por el Congreso sí o sí. Ya hemos dicho que la Asamblea Constituyente que quieren hacer algunos congresistas, y que vienen en mensajes del Ejecutivo, es ilegal, eso es lo que es inconstitucional, sería un golpe de Estado y eso es lo que nosotros desde el Congreso no vamos a permitir", añadió.
Congreso insiste en autógrafa de ley observada por el Gobierno
La Comisión de Constitución del Congreso presentó un predictamen de insistencia sobre la autógrafa mediante la cual se establece que las reformas constitucionales sometidas a referéndum sean aprobadas previamente por el Parlamento. La norma había sido observada días atrás por el Gobierno del presidente Pedro Castillo.
El pasado 13 de enero, en un oficio remitido a la titular del Parlamento, María del Carmen Alva, el Gobierno indicó que entre los alcances de la autógrafa de ley observada se determina que "restringe arbitrariamente el derecho al referéndum previsto en la Constitución".
También señalan que "vulnera principios constitucionales al establecer el tránsito obligatorio por un procedimiento de reforma constitucional para ejercer el derecho al referéndum".
En esa línea, sostienen que el referéndum constituye un “derecho de carácter activo que conlleva a que los ciudadanos están investidos de derecho de provocar la ocurrencia de un referéndum con el objeto de hacer sentir su parecer en el ámbito de los asuntos públicos".
Sin embargo, la Comisión de Constitución recuerda que en el dictamen aprobado se señaló que dicha iniciativa tenía por objetivo precisar la procedencia del referéndum para los casos de reformas constitucionales, pues se advertía que dicho artículo no era preciso en lo que respecta a estos casos, por no establecer de forma expresa que las materias que se someten a referéndum relativas a reformas constitucionales se deben tramitar conforme al procedimiento que señala el primer párrafo del artículo 206 de la Constitución Política.
"En consecuencia, se puede evidenciar que la observación presidencial se basa en una lectura distinta y ajena a lo que establece la autógrafa de ley, lo que permite inferir que se trataría de la lectura de un posible texto distinto al aprobado por el Congreso de la República; o de una forzada interpretación que no tiene sustento alguno, y que muestra que no existe realmente motivo real alguno para observar la autógrafa de ley", indicaron.
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