Luis Aragón es uno de los 5 congresistas que suscriben la denuncia constitucional contra la fiscal suprema Delia Espinoza por incluir a 14 parlamentarios en la investigación contra la exfiscal de la Nación Patricia Benavides.
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El congresista Luis Aragón (Acción Popular), en diálogo con RPP, se pronunció sobre la denuncia constitucional que suscribe junto a otros cuatro congresistas contra la fiscal suprema Delia Espinoza, quien dispuso incluir a 14 parlamentarios en la investigación contra la exfiscal de la Nación, Patricia Benavides.
La referida denuncia fue interpuesta ante la Subcomisión de Acusaciones Constitucionales del Congreso, este viernes, por los legisladores Patricia Chirinos (Avanza País), Édgar Tello (Bloque Magisterial), Luis Aragón (Acción Popular), Luis Cordero Jon Tay (Acción Popular) e Ilich López (no agrupado), quienes están dentro de la relación de 14 congresistas incluídos en las pesquisas señaladas.
Al respecto, Aragón consideró que la magistrada Espinoza Valenzuela habría vulnerado los artículos 51 y 99 de la Constitución al no tener competencias para investigar a congresistas.
“Es que el artículo 51 de la Constitución es claro, y el artículo 99 también. No se puede violar el artículo 51 ni el 99”, sostuvo.
Asimismo, dado que fue el fiscal de la Nación interino, Juan Carlos Villena, fue quien dispuso que Delia Espinoza realizara las investigaciones, Aragón no descartó denunciar también al titular del Ministerio Público.
“Bueno, denunciaremos también, probablemente, en las próximas horas, al fiscal de la Nación”, aseveró.
Finalmente, el congresista acciopopulista demandó que el exasesor de Patricia Benavides, Jaime Villanueva, "pruebe las afirmaciones que está haciendo”, ya que, según dijo, no se ha reunido con Patricia Chirinos.
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Fundamentos de la denuncia
La referida denuncia se fundamenta en que Delia Espinoza, el pasado 1 de marzo, dispuso "incorporar a la investigación preliminar" seguida contra Benavides Vargas "a 14 congresistas de la República", a quienes se les imputa "diversos delitos y se ha dispuesto la realización de una serie de diligencias como parte de la investigación".
En esa línea, los denunciantes señalan que, conforme a la Ley Orgánica del Ministerio Público, dicha fiscal suprema es una funcionaria "de segundo nivel, por debajo del fiscal de la Nación", y que solo a dicho funcionario le corresponde "realizar investigaciones previas a la acusación constitucional de funcionarios comprendidos en artículo 99 de la Constitución".
"Es decir, (el fiscal de la Nación) es el único funcionario facultado para emitir la disposición de inicio de diligencias preliminares de investigación a los miembros del Congreso de la República", resalta.
Cabe recordar que, mediante la Resolución de la Fiscalía de la Nación N° 024-2024-MP-FN, de enero de este año, el titular del Ministerio Público, Juan Carlos Villena, dispuso que el despacho de Delia Espinoza "conozca, en adición a sus funciones, los delitos de corrupción de funcionarios, criminalidad organizada y delitos conexos que correspondan a la investigación seguida" contra Benavides Vargas.
No obstante, los congresistas denunciantes alegan que "se trata de una decisión de índole administrativa que vulnera el principio de legalidad, en la medida en que constituye el ejercicio de una atribución no conferida por la Constitución, la Ley Orgánica del Ministerio Público o la Ley N° 27399".
"La violación del debido proceso, desde la perspectiva del derecho al fiscal competente, es evidente. Esto se debe a que una fiscal suprema, sin más fundamento que una disposición administrativa, ha asumido indebidamente la autoridad para incluir a congresistas en investigaciones preliminares que ella misma ha iniciado, a pesar de no tener competencia para llevar a cabo dichas investigaciones en el procedimiento de acusación constitucional (...) Es importante destacar que esta disposición administrativa carece de la fuerza necesaria para superar las normas legales de mayor jerarquía, como la Constitución y la ley", arguyen en la denuncia.
"Más aún, al hacerlo, lo que la funcionaria en cuestión ha hecho es incurrir en un acto de abuso de autoridad, prevaricato y usurpación de funciones, así como en infracción de la Constitución, dado que, simultáneamente, ha agraviado las garantías institucionales que rodean a la función parlamentaria", agregan.
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