Congreso oficializó ley que delega facultades al Ejecutivo en materia de seguridad ciudadana: ¿en qué consiste?

El Congreso otorgó facultades legislativas al Gobierno por un lapso de 90 días | Fuente: Andina

La ley publicada hoy en el diario oficial El Peruano delega, además, facultades legislativas en gestión de riesgo de desastres en relación al Niño global, infraestructura social, calidad de proyectos y meritocracia.

El Congreso de la República oficializó hoy, sábado, la ley que delega facultades legislativas al Gobierno en materia de seguridad ciudadana, entre otras materias.

Dicho dispositivo legal fue publicado en el diario oficial El Peruano y otorga, además, facultades en gestión de riesgo de desastres en relación con el Niño Global, en infraestructura social, calidad de proyectos y meritocracia. Esto, por un lapso de 90 días contados "a partir de la entrada en vigor" de la referida ley.

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¿Qué facultades otorgó el Congreso al Gobierno?

El último miércoles, con 81 votos a favor, el Pleno del Congreso aprobó el texto sustitutorio del proyecto de ley del Ejecutivo para que se le otorgue facultades para legislar en las materias señaladas. Además, se le exoneró de segunda votación.

En virtud de ello, estos son algunos de los aspectos en seguridad interna en los que el Gobierno podrá emitir leyes:

Seguridad ciudadana

Actualizar la Ley 27933, Ley del Sistema Nacional de Seguridad Ciudadana, y el Decreto Legislativo 1266, Ley de Organización y Funciones del Ministerio del Interior (Mininter); así como la normativa en materia de seguridad ciudadana, con especial énfasis en la capacitación, entrenamiento y medidas destinadas a resguardar el adecuado uso de los medios de defensa por parte del serenazgo municipal.

Además, la normativa y medidas en materia de prevención de la violencia y el delito; y en materia de organización, gestión de la información, planificación, intervención y articulación de los integrantes del Sistema Nacional de Seguridad Ciudadana (Sinasec).

Fortalecer las medidas de atención frente a casos de violencia contra la mujer e integrantes del grupo familiar; y agilizar el proceso de atención, difusión y búsqueda frente a casos de desaparición de personas, principalmente en el marco de lo dispuesto en el Nuevo Código Procesal Penal.

Autorizar el uso de recursos de canon y sobrecanon para el fortalecimiento de la seguridad ciudadana sin afectar la autonomía de los gobiernos regionales y gobiernos locales; habilitar la disposición de recursos y gastos de inversión en materia de seguridad ciudadana, infraestructura y equipamiento policial por parte de los gobiernos regionales y gobiernos locales sin afectar sus respectivas autonomías.

Establecer modificaciones al marco normativo referido a la prevención, combate del comercio ilegal de equipos terminales móviles, recuperación de bienes perdidos y delitos conexos.

Prevención y atención de emergencias y urgencias; y garantía, mantenimiento y restablecimiento del orden

Modificar el Decreto Legislativo 1260, Decreto Legislativo que fortalece el Cuerpo General de Bomberos Voluntarios del Perú como parte del Sistema Nacional de Seguridad Ciudadana y regula la Intendencia Nacional de Bomberos del Perú.

Establecer el marco normativo para la implementación, operación y mantenimiento de la central única de emergencias, urgencias e información, a través de un número único, que regule su interconexión con los sistemas de geolocalización.

Modificar el Código Penal, aprobado por el Decreto Legislativo 635, en materia de delitos contra la seguridad y tranquilidad pública, sin criminalizar las libertades de información, opinión, expresión y difusión del pensamiento, así como el derecho de reunirse pacíficamente sin armas u otros derechos fundamentales reconocidos en la Constitución Política del Perú.

La norma comprende mejorar las capacidades de acción del Serenazgo | Fuente: Andina

Lucha contra la delincuencia y crimen organizado

Modificar el Nuevo Código Procesal Penal, aprobado por el Decreto Legislativo 957 con la finalidad de optimizar el marco legal que regula la investigación del delito y la intervención de la Policía Nacional del Perú y el Ministerio Público.

Fortalecer la lucha contra la extorsión, la estafa, el fraude y otros delitos a través de la aprobación de medidas y normas modificatorias al marco normativo, con la intención de prevenir y hacer frente a la ciberdelincuencia, en irrestricto respeto de los derechos fundamentales garantizados por la Constitución Política del Perú. 

Actualizar el marco normativo sobre crimen organizado, tráfico ilícito de drogas, control e investigación de insumos químicos y delitos conexos, principalmente lo regulado en la Ley 30077, Ley contra el Crimen Organizado, incorporando delitos aduaneros, delitos relacionados con la pesca ilegal y delitos contra los derechos intelectuales.

Establecer un marco normativo para promover el deshacinamiento penitenciario; y modificar normas del Código Penal y del marco administrativo sancionador de funcionarios del INPE.

Bienestar, formación, carrera, régimen disciplinario, lucha contra la corrupción y capacidad operativa de la Policía Nacional del Perú

Modificar el Decreto Legislativo 1174, Ley del Fondo de Aseguramiento en Salud de la Policía Nacional del Perú, a efectos de reconfigurar la estructura y funciones de los órganos de Saludpol e incorporar condiciones de experiencia y especialidad para sus órganos de administración.

Modificar el Decreto Legislativo 1318, Decreto Legislativo que regula la formación profesional de la Policía Nacional del Perú, a fin de garantizar un desarrollo de competencias y una visión de mejora continua.

Modificar la Ley 30714, Ley que regula el Régimen Disciplinario de la Policía Nacional del Perú, a efectos de fortalecer la disciplina policial mediante la aplicación oportuna y eficaz de sanciones al personal policial.

Modificar el Decreto Legislativo 1219, Decreto Legislativo de fortalecimiento de la función criminalística policial, a través de la introducción de mejoras al sistema criminalístico policial. 

La ley apunta a que se legisle en combatir la venta ilegal de equipos móviles | Fuente: Andina

Control migratorio

Fortalecer el marco normativo en materia migratoria, con especial incidencia en las siguientes normas:

a) Decreto Legislativo 1350, Decreto Legislativo de Migraciones, a efectos de fortalecer sus funciones, destinadas a salvaguardar la seguridad nacional y facilitar una movilidad internacional segura y ordenada, reduciendo riesgos en el orden interno y en la seguridad nacional.

b) Decreto Legislativo 635, Código Penal, con la finalidad de fortalecer las intervenciones policiales en flagrancia, introducir la tipificación de reingresos clandestinos o sin controles migratorios.

c) Decreto Legislativo 957, Nuevo Código Procesal Penal, a fin de ampliar el plazo para la plena identificación del extranjero hasta por doce horas. Todas las modificaciones introducidas deben garantizar el respeto de los derechos fundamentales de las personas y las garantías del debido proceso.

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Luis Felipe Rodriguez Jimenez

Luis Felipe Rodriguez Jimenez Redactor web / Periodista

Periodista formado en las aulas sanmarquinas. Trabajo en temas políticos y culturales

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