El Parlamento aprobó la modificación del Nuevo Código Procesal Penal respecto de la colaboración eficaz en su plazo máximo, pese a que el Ejecutivo observó este dictamen al considerarlo “no razonable”.
El pleno del Congreso aprobó la noche de este jueves por insistencia la ley que limita la figura de la colaboración eficaz en un plazo máximo de ocho meses, pese a que el Ejecutivo observó dicha autógrafa y propuso un plazo de 36 meses improrrogables.
Con un total de 89 votos a favor, 15 en contra y 2 abstenciones, la insistencia a esta norma se impuso en el Legislativo, que podrá promulgarla, debido a que ya no será necesaria una segunda votación.
Este dictamen, que modifica tres artículos del Nuevo Código Procesal Penal referidos a la colaboración eficaz, ya había sido aprobado previamente en la Comisión de Justicia, a donde regresó luego de que el Ejecutivo la observara.
Entonces votaron a favor legisladores de Perú Libre, Fuerza Popular, Bloque Magisterial, Alianza para el Progreso, Renovación Popular, Podemos Perú, Acción Popular, Perú Bicentenario y María del Carmen Alva, en calidad de no agrupada.
Con esta modificación se fija en ocho meses como plazo máximo para que un aspirante a colaborador eficaz pueda ser aceptado o denegado como tal. Este periodo puede ser ampliado por causas justificadas por cuadro meses.
En caso de crimen organizado, se indica que la prórroga podrá ser por otros ocho meses.
Observaciones del Ejecutivo
El Ejecutivo había señalado que dichos plazos son cortos y podrían representar un obstáculo para el adecuado trámite de los procedimientos.
Según señaló el titular del Gabinete Ministerial, Alberto Otárola, la ley era buena, en el sentido de proteger el debido proceso legal y la tutela jurisdiccional efectiva de los que están sometidos a procedimientos de colaboración eficaz.
Sin embargo, precisó que la observación que realizaban era muy concreta, pues consideraron que el plazo de ocho meses no era razonable.
“Hemos hecho un estudio de toda la jurisprudencia del Tribunal Constitucional, de la Corte Suprema, de la CIDH, y estamos sugiriendo al Congreso que este plazo sea de 36 meses improrrogables para garantizar el debido proceso y la tutela jurisdiccional efectiva", dijo en julio.
“Nosotros decimos que todo procedimiento legal debe tener un plazo. Ese plazo no existía y ha hecho bien el Congreso en ingresar a reglamentar, a través de esta norma, la regulación del plazo. Sin embargo, este plazo no es suficiente, no es proporcional ni razonable", agregó.
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