La Comisión Permanente del Congreso aprobó, en primera votación, la propuesta para que los trabajadores puedan solicitar laborar hasta los 75 años, previa evaluación médica que certifique sus óptimas condiciones de salud.
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La Comisión Permanente del Congreso aprobó ayer, jueves, en primera votación, extender la edad de cese de los trabajadores de 70 a 75 años.
El dictamen, suscrito por la Comisión de Trabajo del Parlamento, fue aprobado con 15 votos a favor, 10 en contra y 3 abstenciones, y será sometido a segunda votación dentro de siete días, según anunció el presidente del Congreso, Alejandro Soto.
En ese sentido, el texto propone modificar el Decreto Legislativo 276, Ley de bases de la carrera administrativa y de remuneraciones del sector público; el Texto Único Ordenado del Decreto Legislativo 728, Ley de Productividad y Competitividad Laboral; y la Ley 30057, la Ley del Servicio Civil.
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¿En qué consiste la norma?
Según indica el texto sustitutorio de la propuesta presentada por Juan Burgos (Avanza País), la edad límite de cese de un trabajador podrá extenderse "excepcionalmente" a solicitud del mismo.
"Excepcionalmente, a solicitud del trabajador, y cuando la necesidad del servicio lo justifique, dicho límite puede extenderse hasta los setenta y cinco años de edad, siempre que una evaluación médica especializada y multidisciplinaria, asumida por el empleador, certifique que el trabajador se encuentra en condiciones físicas y mentales para el desempeño de sus funciones", indica el dictamen.
"La solicitud se presenta hasta la fecha en que el trabajador cumple los setenta años de edad, mediante cualquier medio físico o virtual que permita dejar constancia de su presentación", agrega.
En ese sentido, propone que la Oficina de Recursos Humanos del centro de labores emita "un informe debidamente sustentado en criterios objetivos para determinar la necesidad del servicio.
"Si el empleador rechaza la solicitud del trabajador sin valorar este informe o el resultado de la evaluación médica, el rechazo se presume como despido nulo", resalta.
"El empleador debe responder la solicitud del trabajador dentro de los sesenta días calendario contados desde su presentación, adjuntando el informe de la oficina de recursos humanos o la que haga sus veces. Mientras no exista comunicación sobre la denegación de la solicitud, el vínculo laboral se mantiene en sus mismos términos", añade.
Respecto a la "jubilación automática y obligatoria" a los 70 años de edad, estipulada por la actual normativa, la propuesta subraya que "excepcionalmente, a solicitud del trabajador, (ésta) puede extenderse hasta los setenta y cinco años de edad".
Finalmente, dispone que "el Poder Ejecutivo, a través del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, en un plazo máximo de treinta días naturales contados desde su entrada en vigor", adecuará las normativas modificadas en función a lo estipulado por la nueva ley.
Motivación de la propuesta
La congresista Susel Paredes (Cambio Democrático-Juntos por el Perú), en diálogo con RPP, indicó que el dictamen propone que el trabajador que "no desea jubilarse, puede seguir trabajando hasta los 75 años".
"Si voluntariamente te quieres quedar a trabajar, te quedas a trabajar, eso es lo que propone la ley. Pero lo que revela es que nuestro sistema de pensiones está mal, porque si el sueldo mínimo indica que es S/ 1025 la cantidad mínima con la que las personas pueden vivir, todas las pensiones deberían ser como mínimo S/ 1025", explicó.
En ese sentido, indicó que la motivación de la propuesta responde a la baja cifra de las pensiones, por lo que "si alguien estando en actividad gana S/ 7 mil y jubilándose tiene una pensión de S/ 500, lo que se va a hacer es trabajar hasta que le dé el cuerpo".
"Esto requiere de una reforma pensionaria realista que mantenga la dignidad de todas las personas que han cumplido con trabajar. Por eso nadie se quiere jubilar, ni los maestros ni catedráticos ni nadie", resaltó.
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