Congreso aprobó, en primera votación, el dictamen que propone modernizar el Sistema Previsional Peruano

La fórmula fue aprobada con 56 votos a favor. | Fuente: Andina

El dictamen se deberá ratificar en una segunda votación. Entre sus disposiciones, se prohíbe que los afiliados al sistema previsional retiren el dinero de sus cuentas individuales durante su etapa activa.

El Pleno del Congreso aprobó este miércoles, en primera votación, el dictamen que propone una nueva Ley de Modernización del Sistema Previsional Peruano (SPP) con la finalidad de reformar el sistema pensiones para que sus beneficiarios accedan progresivamente a una pensión justa.

La fórmula se sustenta en los proyectos de ley 344/2021-CR, 5121/2021-CR, 866/2021-CR, entre otras, fue aprobada por 56 votos a favor, 47 en contra y diez abstenciones.

Durante el debate, la congresista Susel Paredes (Cambio Democrático-Juntos por el Perú) presentó una cuestión previa para que el dictamen vuelva a la Comisión de Economía para un mayor estudio, pero su propuesta fue rechazada por 56 votos.

La iniciativa – que deberá ser sometida a una segunda votación en un plazo de siete días calendario – busca asegurar una mayor competencia en la oferta de gestores de pensiones, brindar una pensión mínima, ofrecer comisiones por resultados y establecer la pensión por consumo como mecanismo complementario de aportes.


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Disposiciones del dictamen

Entre sus disposiciones, se señala que queda prohibido el retiro extraordinario de los fondos acumulados en las cuentas individuales de aportes obligatorios del sistema por parte de los afiliados durante su etapa activa.

“Acceden a este pilar las personas afiliadas al SNP que a la edad de jubilación cumplen con las unidades de aporte requeridos para una pensión y los afiliados al SPP (…). El Estado complementa los recursos necesarios para el pago de una pensión mínima o una pensión de jubilación proporcional especial”, se detalla en el pilar contributivo.

La propuesta también incluye la pensión por consumo, que es un aporte voluntario con fin previsional proveniente de los gastos por consumo realizados por los afiliados debidamente sustentados en comprobantes de pago que contengan el Documento Nacional de Identidad (DNI) correspondiente.

El comprobante de pago emitido, que será considerado para la pensión por consumo, podrá tener un valor máximo de hasta S/ 700.

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Sergio Espinoza

Sergio Espinoza Periodista

Bachiller en Periodismo por la Universidad Jaime Bausate y Meza. Especializado en la cobertura de notas policiales, internacionales y políticas. Más de cuatro años de experiencia en medios digitales.

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