Bicameralidad en el Perú: ¿Qué implica el retorno a este sistema en el Congreso de la República?

¿Qué significa el retorno de la bicameralidad en el Perú? Expertos analizan la reforma aprobada por el Congreso en segunda votación | Fuente: RPP

A partir de las próximas elecciones generales, el Congreso de la República estará conformado por dos cámaras: una de senadores y una de diputados. ¿Quiénes podrán integrar estos espacios y qué tareas cumplirán? Especialistas analizan los efectos de la reforma constitucional aprobada por el Congreso.

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El Congreso de la República aprobó en segunda votación el retorno a la bicameralidad con reelección incluida. Con este cambio, el Poder Legislativo que se instale luego de las elecciones 2026 pasaría de estar conformado por 130 a tener 190 miembros, entre diputados y senadores.

El texto, respaldado por 91 votos, señala que para ser diputado es necesario ser peruano de nacimiento y tener 25 años al momento de la postulación. Para ser senador, hay que tener 45 años al momento de aspirar al cargo con excepción de aquellos que ya han sido congresistas o diputados. Solo ellos podrían ser senadores menores de 45 años.

Es decir, se deja abierta la posibilidad para la reelección inmediata de legisladores que hoy forman parte del Congreso de la República.

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Ventajas y desventajas

Para el especialista en temas electorales Óscar Matutti, el retorno de la bicameralidad “puede mejorar la calidad del debate y el escrutinio” en el Parlamento para una mejor formulación de leyes.

“Es un cambio necesario en esta coyuntura. Tienen un potencial de impactar profundamente en la democracia de nuestro país. La reelección inmediata podría permitir que existan legisladores con más experiencia y con algún historial positivo que continúen contribuyendo a la estabilidad y continuidad de la formulación de las políticas”, añadió.

Matutti indicó que, bajo el sistema bicameral, existen algunas desventajas “que podrían complicar y alargar el proceso legislativo” al ser necesario que la aprobación de ley deba ser vista por dos cámaras; y, con ello, retrasar la implementación de políticas necesarias para el país. “Existe el riesgo de que la reelección inmediata fomente el clientelismo y enfoque intereses particulares sobre el bien común, especialmente si no se establecen mecanismos adecuados de rendición de cuentas y transparencia”, precisó.

El papel de quienes integrarán el próximo Congreso

Los diputados, figura similar a los congresistas que tenemos hoy, podrán interpelar y censurar a ministros, otorgar la confianza solicitada desde el Ejecutivo y conformar comisiones investigadoras. Los senadores, por su parte, elegirán a altos funcionarios, como el defensor del pueblo, el contralor de la República, los magistrados del Tribunal Constitucional, entre otros.

Los senadores, además, revisarán los proyectos de ley que elabore la cámara de diputados. Ese es uno de los retos de esta reforma, sostiene el analista político Enzo Elguera. “Esto mejoraría la calidad de leyes toda vez que se cumpla, por ejemplo, en la cámara de senadores, elegir a las personas que no solamente tengan experiencia sino que hayan tenido coherencia, esa visión de escuchar, de consensuar y de madurez en relación a los proyecto de ley que se plantean. Porque muchos de ellos, en la actualidad, son aprobados con argumentos académicamente pobres”, precisó.

El experto indicó que, respecto a la reelección inmediata, será la ciudadanía la que tenga el poder de premiar con su voto a los buenos parlamentarios y va a castigar a la mayoría de legisladores por no cumplir con las promesas que ofrecieron durante sus campañas electorales. “Lo que no debemos olvidar es que finalmente el poder máximo no va a estar en este parlamento, ni en la bicameralidad, ni en las cámaras que se han formado, sino en la votación de la población”, expresó.

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¿Decisión controversial?

El abogado especializado en derecho electoral Jorge Jáuregui consideró “ilegítima” la decisión tomada por el Congreso de la República al señalar que lo establecido “no constituye una reforma constitucional total o parcial” de la Carta Magna, sino, “una reingeniería de la estructura del estado peruano”. Una tarea para la que no estaba facultado el Parlamento actual, indicó.

“Este tipo de decisiones más bien corresponde a mandatos que le son concebidos a las asambleas constituyentes, que tienen, por lo tanto, una lógica distinta y que, por lo tanto, reciben esos mandatos específicos. Y que, además, se tiene que producir espacios y esquemas de deliberación mucho más transparentes, amplios, pluralistas y democráticos”, recalcó.

En ese sentido, consideró que el impacto en la democracia peruana será “negativo”, porque la decisión forma parte de una serie de acciones que viene realizando el Parlamento para “capturar y retener el poder de forma no democrática”,  y que vulnera el principio de equilibrio de poderes.

“Este Parlamento viene desarrollando sistemáticamente acciones que están destinadas a socavar la autonomía y la independencia de los órganos electorales y los órganos fundamentales para el sistema de Justicia, como es el caso de la Junta Nacional de Justicia (...) con lo cual vemos cada vez más intensa la concentración de poder en los grupos políticos que ahora están representados en el Parlamento”, expuso.

En tanto, es preciso señalar que la Constitución establece que el presidente de la República (en este caso la presidenta Dina Boluarte) no puede observar una ley de reforma constitucional. Por lo que ahora corresponde que el presidente del Congreso, Alejandro Soto, remita la autógrafa de reforma constitucional al Poder Ejecutivo para su promulgación en los próximos días.

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Comunicadora social con especialidad en Periodismo por la UNMSM. Especializada en la cobertura de temas de corte político y económico. Cuento con más de 7 años de experiencia profesional en medios escritos y plataformas digitales.

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