En La Rotativa del Aire, Eduardo Salhuana reconoció que, si bien puede resultar una decisión “controversial”, insistió en que el pago de la pensión vitalicia se consultó a las áreas especializadas del Congreso.
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El expresidente Alberto Fujimori recibirá una pensión vitalicia por haber ejercido como presidente de la República desde 1990 hasta 2000, después de que la Oficina Legal y Constitucional del Congreso concluyera que resultaría procedente el requerimiento formulado por el exmandatario en mayo de este año.
En declaraciones exclusivas a La Rotativa del Aire, el presidente del Congreso, Eduardo Salhuana (Alianza para el Progreso), detalló que no será necesario que el otorgamiento de la pensión vitalicia sea evaluado por la Mesa Directiva del Parlamento.
Salhuana recordó que, en abril de este año, Fujimori presentó la solicitud a la Oficialía Mayor del Congreso y que su requerimiento fue evaluado por las instancias administrativas del Legislativo, que elaboraron informes técnicos, financieros y de presupuesto a favor del exmandatario, quien percibiría un pago de S/ 15 600.
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“Han transcurrido varios meses y, en junio, estas entidades señaladas han emitido opinión favorable a dicha pensión. El 10 de julio, específicamente, el Congreso ha notificado mediante este documento al señor Alberto Fujimori de que la pensión es procedente. Eso ha quedado expedito para el pago de la pensión”, comentó.
El titular del Parlamento insistió en que dependió de las instancias administrativas el otorgamiento de la pensión vitalicia.
“[¿No tiene que pasar el filtro de la Mesa Directiva?] En los antecedentes sobre otras solicitudes de otra naturaleza, son las instancias administrativas las que resuelven esto, por tratarse de un derecho pensionario, que se trata de un derecho constitucional”, respondió.
Asimismo, Salhuana Cavides informó que el pago de la pensión aún no se ha efectuado.
Salhuana reconoce que la decisión puede ser “controvertida”, pero se consultó con las áreas especializadas
En otro momento de la entrevista, el presidente del Congreso fue consultado sobre el artículo 2 de la Ley 26519, que establece que la suspensión de la pensión vitalicia para el caso de expresidentes acusados constitucionalmente y, posteriormente, encontrados culpables.
Y es que el 30 de noviembre de 2000, un grupo de doce congresistas presentó una denuncia constitucional contra Fujimori por una serie de delitos por los que, consecutivamente, fue hallado culpable. El proceso de antejuicio siguió su curso y, en febrero de 2001, el exmandatario fue inhabilitado del ejercicio de la función de la función pública hasta por diez años.
A ello se suma que, el 7 de marzo de 2009, el Poder Judicial condenó a Alberto Fujimori a 25 años de prisión por los casos ‘Barrios Altos’ y ‘La Cantuta’.
Con todos estos escenarios, Eduardo Salhuana dijo comprender que la pensión puede resultar “discutible” y “controvertida”, pero que el Congreso pidió opinión a las áreas especializadas que declararon procedente la solicitud del expresidente.
“Es una decisión que ha pasado y que ha sido evaluada por las instancias administrativas del Congreso”, apuntó.
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“Nosotros ayer hemos tomado conocimiento, porque era un tema de trámite administrativo de los meses anteriores, no habíamos tomado conocimiento del tema; y, obviamente, que lo vamos a conversar hoy con la Mesa Directiva”, agregó.
Finalmente, el titular del Legislativo alegó que dependerá de Alberto Fujimori evaluar si utiliza el dinero de la pensión vitalicia para pagar la reparación civil por 57 millones de soles por tres casos en los que fue sentenciado por el Poder Judicial: el allanamiento irregular a la vivienda de Vladimiro Montesinos, la compra irregular de Cable Canal y el pago de la CTS a su exasesor.
“Es que no es una decisión del Congreso, el beneficiado tomará la decisión que considere pertinente y escapa de la decisión del Congreso”, sentenció.
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