Los magistrados Manuel Monteagudo y César Ochoa señalaron que el pleno del Tribunal Constitucional debió definir la excarcelación del expresidente Alberto Fujimori.
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El Tribunal Constitucional (TC) restituyó el indulto humanitario concedido al expresidente Alberto Fujimori (1990-2000) y estableció que la Corte Interamericana de Derechos Humanos (Corte IDH) no es competente para ordenar que no se ejecute una sentencia de un tribunal nacional.
Los magistrados Francisco Morales (presidente), Luz Pacheco (vicepresidenta) y Gustavo Gutiérrez suscribieron la resolución que establece la excarcelación del exmandatario; mientras que el tribuno Helder Domínguez emitió un voto en contra.
La polémica surge porque los magistrados restantes Manuel Monteagudo Valdez y César Ochoa Cardich denunciaron que no fueron notificados de que sus colegas analizarían la situación de Fujimori Fujimori.
En declaraciones al programa La Rotativa del Aire- Edición Tarde, el tribuno Ochoa Cardich afirmó que se enteró de la decisión del colegiado a través de los medios de comunicación.
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Para el referido magistrado, el presidente del TC, Francisco Morales, debió convocar al pleno para definir si solo los cuatro tribunos podían definir la liberación de Alberto Fujimori, quien está cerca de abandonar el penal de Barbadillo, en Ate.
Así, hizo énfasis en que, según establece el artículo diez del reglamento normativo del TC, el colegiado requiere de un quórum de cinco de miembros para resolver y adoptar acuerdos.
“En mi opinión debió convocarse al pleno con una agenda extraordinaria si le parecía necesario. Y ahí, con el quorum de cinco miembros, analizar el tema”, alegó.
“Faltó un mínimo de cortesías para comunicarnos que habían decidido sesionar los cuatro y tomar esa decisión”, agregó.
Finalmente, César Ochoa indicó que sus colegas magistrados actuaron con una “inusual celeridad” y un “hiperactivismo [sic]” por resolver el caso.
Manuel Monteagudo: “Es un asunto preocupante”
Por su parte, el tribuno Manuel Monteagudo dijo que la resolución del caso Fujimori no requería pronunciamiento de trámite, sino que merecía verse en el pleno de la institución.
"Se ha emitido un segundo auto del cual no hemos tenido conocimiento el resto de los magistrados, es decir, los que votamos en contra. Lo que se ha tramitado, y este es un asunto procesal interesante y preocupante, es que se ha entendido que la decisión de qué hacer frente a la devolución correspondía única y exclusivamente a quienes estaban a favor de la primera decisión en materia puramente procedimental", expresó en el programa 'Nunca es Tarde' de RPP.
Manuel Monteagudo consideró también que lo que se debió hacer antes de emitir el pronunciamiento era enfrentar el indulto a Alberto Fujimori de acuerdo a ley; es decir, teniendo en cuenta que la Corte IDH frenó la excarcelación del exmandatario en abril el 2022.
“El problema es que la Corte examina un indulto del 2017 y considera que ese tenía una serie de vicios contra la legislación peruana y los estándares propios de la Corte", indicó.
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