En declaraciones a RPP, el presidente del Tribunal Constitucional, Francisco Morales, también señaló que el Juzgado de Ica no es una instancia competente para reevaluar el indulto de Alberto Fujimori.
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El Tribunal Constitucional (TC) determinó el martes, 28 de noviembre, remitir al Primer Juzgado de Investigación Preparatoria de Ica su decisión de restablecer el indulto al expresidente Alberto Fujimori y ordenar su liberación.
En declaraciones al programa Ampliación de Noticias de RPP, el presidente del TC, Francisco Morales Saravia, explicó que el auto aclaratorio ratifica el cumplimiento de la sentencia emitida por el colegiado en marzo del 2022, cuando se restituyó el indulto otorgado a Fujimori Fujimori por el entonces presidente Pedro Pablo Kuczynski, en diciembre del 2017.
Así, el titular del máximo intérprete de la Constitución reiteró que el Juzgado de Ica, que está cargo del juez Vicente Fernández, no es una instancia competente para reevaluar el caso; por lo que le corresponde determinar la libertad del exmandatario, quien cumple una condena de 25 años por los casos Barrios Altos y La Cantuta.
“… el único camino posible es que el juez penal de ejecución [determine] la excarcelación. Y voy a explicar el porqué. En todos los habeas corpus que se dictan en el Perú, cuando se declara fundado y resuelto por el TC en última y definitiva instancia, el juez debe transmitir la orden de la libertad, porque en el fallo de marzo del 2022 se establece la libertad inmediata”, declaró Morales Saravia.
El titular del TC alertó que, de otorgarse un fallo contrario, quedaría un precedente de que las decisiones del tribunal “no se respetarían”.
“Esta es una corte de instancia [Juzgado de Ica]; entonces cuando el Tribunal dice: ‘Proceda con la excarcelación’, un juez no va a decir: ‘No, no voy a liberarlo’, explicó.
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El TC es el órgano competente para determinar la excarcelación
En otro momento, el magistrado Francisco Morales se refirió a la medida de la Corte Interamericana de Derechos Humanos (Corte IDH) que ordenó suspender la excarcelación de Fujimori.
Al respecto, señaló que el Tribunal Constitucional es el órgano competente para determinar la libertad y excarcelación de una persona.
“La Corte Interamericana, con el mayor de los respetos, no puede determinar la libertad o no libertad de una persona. Eso nunca se ha hecho en la jurisprudencia de la Corte Interamericana”, alegó.
“El que tiene el poder de coerción es el tribunal; la corte determina responsabilidades internacionales, que es otra variante”, agregó.
El titular del TC señaló que, si bien el indulto de Alberto Fujimori es un tema que genera discusión, el colegiado espera “que se preserve la decisión del tribunal” emitida en marzo del 2022.
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