El abogado, César Delgado-Guembes, dio un alcance respecto a lo que sucederá con el pago de la reparación civil, la pensión vitalicia y los procesos judiciales del ahora fallecido expresidente Alberto Fujimori.
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El constitucionalista César Delgado-Guembes explicó que, en derecho, el fallecimiento de una persona hace que caduquen los procesos penales en los que haya estado inmerso y como consecuencia las obligaciones que estas tengan.
En ese sentido, indicó que todos los procesos penales “que se hubieran iniciado o pretendido iniciar” contra el exmandatario, Alberto Fujimori, “han caducado”.
“Sería imposible condenar a una persona que ha muerto”, manifestó el jurista en diálogo con el programa la Rotativa del Aire-Edición Noche de RPP.
“No hay manera de exigir absolutamente a quien ha fallecido. El fallecimiento extingue cualquier tipo de obligación en relación con los procesos penales”, agregó.
Delgado-Guembes, detalló, también que queda sin efecto el pago de la reparación civil de los 57 millones de soles que adeudaba Alberto Fujimori al Estado peruano por tres casos en los que fue sentenciado por el Poder Judicial.
“En materia del resarcimiento que ha sido consecuencia de procesos penales ya concluidos y en los que se le encontró responsabilidad al señor Fujimori también caducan”, manifestó.
Esto -según dijo- debido a que dicho resarcimiento es de carácter penal y de responsabilidad individual, por lo que el monto a pagar no es delegable o heredable para sus descendientes.
Pensión vitalicia de Alberto Fujimori
César Delgado-Guembes sostuvo que la pensión vitalicia que se le otorgó al fallecido exgobernante en julio último podría ser heredado por sus deudos, pero aclaró que solo por su cónyuge, descendientes menores o mayores de edad, pero susceptibles de tutela.
Sin embargo, precisó que “ante esta situación tenemos la duda respecto al estado civil del señor Fujimori”.
En esa línea sostuvo que, si bien en su DNI aparece como divorciado de Susana Higuchi, la pensión vitalicia le podría corresponder a Satomi Kataoka “si Fujimori durante su estancia en Japón” se hubiese casado con ella.
“Si es que ella mantuviera el vínculo con el señor Fujimori lo que habría que esperar sería que se apersonara para solicitar esa pensión vitalicia demostrando que efectivamente existe un certificado matrimonial; no obstante, que en el DNI del señor Fujimori, para la ley peruana, él fuera una persona divorciada”, apuntó.
“Eso es lo que no sabemos y estaría pendiente de solución para a partir de la evidencia que se acumule respecto a la existencia o no de un matrimonio con una persona en el Japón”, concluyó.
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Lo mejor que podría suceder es que su muerte no agrave las divisiones, sino, al revés, que sirva para dialogar y poner las energías políticas al servicio de la vida en común.
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