El Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental (OEFA) impuso dichas multas a Repsol por dar información falsa y no realizar las acciones de contención y limpieza por el derrame de petróleo que se dio el pasado 15 de enero del 2022 en el mar de Ventanilla.
El Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental (OEFA), organismo adscrito al Ministerio del Ambiente (Minam), impuso dos multas en primera instancia por S/42 964 377 a Refinería La Pampilla S.A.A. de Repsol por dar información falsa y no realizar las acciones de contención y limpieza por el derrame de petróleo que se dio el pasado 15 de enero del 2022 en el mar de Ventanilla.
La primera multa de 3 000.00 UIT, equivalente a S/13 800 000.00, se impuso por incluir información falsa en el reporte de emergencia respecto al cálculo de volumen de petróleo crudo derramado, el área impactada y el periodo del derrame ocurrido el 15 de enero de 2022 en el Terminal Multiboyas Nº 2.
La segunda multa de 6 340.082 UIT, equivalente a S/29 164 377.2, se impuso por no realizar la contención y recuperación del hidrocarburo, ni las acciones de limpieza del área de suelo afectado.
De esta manera, el OEFA ha determinado la responsabilidad administrativa y ya viene imponiendo la tercera multa en el marco de los seis procedimientos administrativos sancionadores iniciados a Repsol.
Demanda judicial
En mayo pasado, el Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y Protección de la Propiedad Intelectual (Indecopi) presentó una primera demanda civil de responsabilidad objetiva por intereses difusos en el Perú contra la petrolera Repsol, a causa del derrame de petróleo en Ventanilla que afectó a consumidores, usuarios y terceros.
La demanda civil de indemnización por daños y perjuicios se presentó ante el 27° Juzgado Civil de la Corte Superior de Justicia de Lima por 4 500 millones de dólares americanos, contra seis demandados solidariamente: Repsol S.A (España), Mapfre Global Risks (España), Mapfre Perú Compañías de Seguro y Reaseguros (Perú), Refinería La Pampilla (Perú), Transtotal Agencia Marítima (Perú) y Fratelli d´amico Armatori (Italia).
El proceso, en este caso, permite una valoración abstracta: 3 000 millones de dólares americanos por los daños causados y 1 500 millones de dólares americanos por el daño moral a los consumidores, usuarios y terceros afectados, aunque esta cifra será finalmente precisada por el juzgado en su sentencia.
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