El abogado Luis Francisco Paz, especialista en derecho civil, nos explica qué pasos seguir y realizar si un familiar fallece o resulta herido por un accidente de tránsito.
Muchas veces los familiares de una víctima de un accidente de tránsito no saben dónde acudir. ¿Deben ir primero a la empresa de transporte o a la compañía aseguradora? ¿Qué tipo de denuncia deben presentar? El abogado Luis Francisco Paz, especialista en derecho civil, conversó con RPP y aclaró algunas dudas sobre este tema.
Lo primero que deben saber las personas es que en el país existe el SOAT, un seguro obligatorio que deben tener todos los vehículos que circulan por territorio nacional. Este asegura de manera inmediata la atención de las víctimas de accidentes de tránsito. Es importante que el vehículo que provocó el accidente cuente con SOAT para que cubra los gastos médicos de las víctimas.
Hay que tener en cuenta que este seguro cubre los gastos médicos por hasta 5 UIT para cada fallecido o herido del accidente de tránsito. Cuando se supera el monto (conocido también como la suma asegurada) la empresa de transporte, a través del SOAT, no va a cubrir más los gastos. Por eso se recomienda que la empresa cuente con una póliza distinta adicional.
El experto recuerda que para saber el estado del SOAT de un vehículo basta con tener su número de placa. Para ello hay que visitar la página web de la Asociación Peruana de Empresas de Seguro (APESEG), ingresa el número de placa del auto y el código de seguridad, y haz clic en el botón 'Consultar'.
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Lo segundo que corresponde -dice Francisco Paz- es entablar una demanda para pedir una indemnización por daños y perjuicios. "Muchas veces se habla de los temas penales, temas administrativos, multas e infracciones, pero se deja de lado que las víctimas, ya sea por heridos o fallecidos, van a poder pedir una indemnización, una reparación civil", sostiene el especialista.
En el caso de los fallecidos, esa reparación civil tiene que ser por el daño moral y económico que sufren los deudos. "Por ejemplo, desde temas económicos como gastos de sepelio no cubiertos por el SOAT, hasta temas de frustraciones de orfandad, es decir personas que dependían económicamente del fallecido, ya sean los hijos, la esposa o el esposo. Eso van a poder demandarlo a quien ha causado el accidente, que en principio sería la empresa transportista si así se demuestra", explica.
Cabe señalar que si el vehículo tiene una póliza de seguro adicional distinta al SOAT, los deudos pueden acudir directamente a esa compañía para que cubra los gastos.
Por otra parte, el abogado Luis Francisco Paz también recomienda que las víctimas del accidente de tránsito se asocien por daños a derechos individuales homogéneos, a fin de pedir una indemnización. "(Las víctimas) podrían asociarse y presentar cada quien su propio daño e indemnización pero bajo un solo patrocinio, un solo abogado o un solo estudio de abogados que aminore los gastos legales y encause todo esto en un solo proceso", señala.
"En lugar de tener varios expedientes con varios jueces, es más estratégico para las víctimas hacer esto a través de una demanda colectiva. Es más sólido y se van a suplir las pruebas (…) Esto ayuda a facilitar el proceso, porque es un camino largo y tortuoso", subraya Paz.
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