Congreso debe acatar Sentencia de Corte Superior de Justicia de Lima con carácter de urgencia en la siguiente legislatura ordinaria o extraordinaria.
El Poder Judicial reafirmó en una sentencia el derecho que tienen los pueblos indígenas a que se convoquen consultas previas antes de aprobar leyes que les afecten y que el Congreso de la República tendrá que debatir en su próximo pleno, según difundieron este lunes varias ONG.
"Esta sentencia nos fortalece como sujetos políticos y recuerda que toda medida -no solo las administrativas, sino también las legislativas- que pueda afectarnos como pueblos indígenas debe ser sometida a consulta previa. Así podemos velar por que las decisiones de los congresistas beneficien a los pueblos y no nos afecten negativamente", afirmó en un comunicado la presidenta de la Confederación Nacional Agraria (CNA), Rosalía Clemente.
Según determina la sentencia, el parlamento debe debatir con carácter de urgencia en el próximo pleno ordinario o extraordinario el Proyecto de resolución legislativa que modifica el reglamento del Congreso para incorporar el procedimiento de consulta previa a los pueblos indígenas u originarios sobre medidas legislativas que les afecten.
"Con ello, los pueblos indígenas amazónicos y andinos podrán participar en las decisiones públicas que afecten su desarrollo", indicó la organización Derecho, Ambiente y Recursos Naturales (DAR) a través de la información difundida.
Recordó que si bien la sola existencia del Convenio 169 de la Organización Internacional del Trabajo (OIT) es suficiente para aplicar la consulta previa a las medidas legislativas que puedan afectar los derechos indígenas, con esta sentencia se reafirma la urgencia de su aplicación en Perú, "nunca antes dada".
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"Deuda histórica sobre consulta previa"
En este sentido, el líder de proyecto del programa Derechos de DAR, Diego Saavedra, señaló que treinta años después de que Perú ratificara dicho convenio de la OIT, "el Congreso tiene nuevamente en sus manos el resolver parte de la deuda histórica sobre consulta previa".
"No obstante, si bien la sentencia representa una gran noticia, es cuestionable que nuevamente en el país deba llegarse a instancias judiciales para que se respeten los derechos de los pueblos indígenas", añadió.
El proceso legal que culmina con este fallo judicial ha durado seis años y fue la Corte Superior de Justicia de Lima la que ha reafirmado la urgencia del cumplimiento de este proyecto de ley.
Y el presidente del Instituto de Defensa Legal del Ambiente y el Desarrollo Sostenible Perú (IDLADS), Henry Carhuatocto, indicó que en los últimos meses se han aprobado leyes en los que era necesaria la consulta previa.
"La aprobación de la controversial modificatoria a la Ley Forestal peruana, que promueve la deforestación en el país, de la Ley de creación de la Autoridad Nacional de Infraestructura y su reglamento, y de normas que declaran de interés nacional el impulso a carreteras, incluyendo proyectos que atraviesan territorios indígenas son ejemplos claros de medidas en las que no debió saltarse la consulta previa", explicó.
DAR añadió que la adecuación del reglamento del Congreso para que se respete el derecho a la consulta previa debe tomar en cuenta los estándares internacionales y resaltó que dicho mecanismo permite un diálogo intercultural entre el Estado y los pueblos indígenas para hacerlos parte de las decisiones de las autoridades, mejorándolas y haciéndolas sostenibles. (Con información de EFE)
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