La fiscal de la Nación, Zoraida Ávalos, abrió una investigación preliminar al presidente de la República, Pedro Castillo, por tres casos.
Este martes, la fiscal de la Nación, Zoraida Ávalos, abrió una investigación preliminar al presidente de la República, Pedro Castillo, por tres casos específicos: la concesión Puente Tarata III, la adquisición de Biodiesel B100 y los ascensos militares.
La exprocuradora anticorrupción Katherine Ampuero, en entrevista con el programa Las cosas como son de RPP Noticias, calificó este hecho de "un saludo a la bandera", pues la fiscal "suspende todo acto de investigación" contra Pedro Castillo "hasta que el presidente de la República deje el cargo".
"Abro [investigación], pero no investigo. Es un absurdo, porque la consecuencia lógica de abrir investigación es la realización de actos de investigación", señaló Ampuero, y detalló que durante la etapa preliminar "hay que disponer y realizar los actos urgentes y necesarios que busquen asegurar el material probatorio por parte del Ministerio Público".
Sin embargo, argumentó la exprocuradora, "si vas a abrir una investigación y suspender la realización de todo acto hasta que la persona deje el cargo, entonces no está cumpliendo su finalidad ese acto procesal".
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"No es lo mismo ser investigado que acusado"
Asimismo, Katherine Ampuero precisó que "una persona, sea el presidente de la República u otra, puede ser denunciada e investigada". Como se sabe, no es la primera vez que un mandatario atraviesa por una investigación, pues lo mismo ocurrió con Pedro Pablo Kuczynski y Martín Vizcarra.
Sin embargo, aclaró que "no es lo mismo ser investigado que acusado". Para que se formalice una acusación, previamente ha debido desarrollarse la "etapa de investigación preliminar e investigación preparatoria, que es cuando el caso se judicializa", es decir, el "caso pasa a conocimiento del juez".
"Culminada la investigación preparatoria, recién se da la acusación fiscal, que es cuando el fiscal pide una pena determinada para esa persona", apuntó Katherine Ampuero. Pero puntualizó: "Eso es lo que no se puede hacer contra un presidente de la República en base al artículo 117 de la Constitución".
De acuerdo con la exprocuradora, todo lo previo a la acusación "se debe de hacer", pues es necesario "asegurar el material probatorio", que incluyen "las incautaciones, los allanamientos, el levantamiento de las comunicaciones y el secreto bancario, la reserva tributaria, las pericias, las declaraciones que se puedan tomar".
"Más aún estando en pandemia, porque muchas personas van perdiendo la vida, la salud se va deteriorando y se corre el riesgo de que la prueba se pierda. Esa etapa de investigación, lamentablemente, la fiscal de la Nación está renunciando a poder realizar", indicó.
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El resto de implicados, ¿podrán ser investigados?
Además del presidente Pedro Castillo, hay otros implicados en las investigaciones preliminares de la Fiscal de la Nación, como el exsecretario general de la Presidencia de la República, Bruno Pacheco; la empresaria Karelim López; el proveedor de biodiesel Samir Abudayeh, entre otros.
Todos ellos, según Katherine Ampuero, no serán convocados a declarar, pues "la misma fiscal ha dicho que no va a realizar ningún acto de investigación hasta que [Pedro Castillo] deje de ser presidente". "Las declaraciones de las personas tienen que disponerlas la fiscal de la Nación en el marco de esa investigación preliminar que ella ha abierto".
Quien tampoco será interrogada, de acuerdo con la exprocuradora, es el mandatario. "No lo van a llamar a declarar en calidad de investigado", aclaró.
¿Qué delitos le podría atribuir la Fiscalía a Pedro Castillo?
Finalmente, Katherine Ampuero manifestó que los delitos que la Fiscalía podría atribuirle al presidente de la República son "patrocinio ilegal, tráfico de influencias" y, desde su punto de vista, "delito de colusión".
"Se da cuando el funcionario público, en este caso el presidente Castillo con su secretario Bruno Pacheco y algunos ministros y exministros de Estado, se reúnen con empresarios, terceros interesados en contratos con el Estado, y ahí se da un acuerdo colusorio, ilícito, para que los contratos se ejecuten a favor de ellos en perjuicio de los intereses del Estado", concluyó.
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