La ONPE informó que un total de 505,938 ciudadanos fueron seleccionados como miembros de mesa, entre titulares y suplentes, para las elecciones regionales y municipales del 2 de octubre. Consulta aquí si eres uno de ellos.
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Un total de 505,938 ciudadanos fueron seleccionados como miembros de mesa, entre titulares y suplentes, para las elecciones regionales y municipales del 2 de octubre, informó la Oficina Nacional de Procesos Electorales (ONPE).
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A través de un sorteo público, las 93 oficinas descentralizadas de procesos electorales seleccionaron a tres miembros de mesa titulares y tres suplentes para cada una de las 84,323 mesas de sufragio que deberán instalarse en la jornada electoral. Desempeñará el cargo de presidente quien haya sido designado primer titular y el de secretario el segundo titular.
Cada ODPE realizó el sorteo entre los 25 ciudadanos preseleccionados por el organismo electoral, por cada mesa de sufragio, en razón de contar con mayor grado de instrucción de la mesa correspondiente y no haber ejercido dicha labor en anteriores procesos electorales.
El domingo 2 de octubre, los ciudadanos sorteados tendrán la responsabilidad de conducir la instalación, el sufragio y el escrutinio en las mesas de sufragio que se deberán instalar en todo el país. Cada mesa de sufragio está reservada para 200 electores como mínimo y 300 como máximo.
Tras los sorteos, cada ODPE publicará, de forma preliminar, la lista de miembros de mesa para que cualquier ciudadano o personero pueda formular las tachas que estime pertinente, dentro de los tres (3) días hábiles contados a partir de la publicación. Así lo establece el artículo 60° de la Ley Orgánica de Elecciones.
Según esta norma, la tacha que no esté sustentada simultáneamente con prueba instrumental no es admitida a trámite por las ODPE. Las tachas sustentadas son enviadas el mismo día de recepción a los Jurados Electorales Especiales, los cuales las resuelven dentro del siguiente día de haber sido formuladas.
Cuánto es la multa por no ser miembro de mesa
De acuerdo a la Ley Orgánica de Elecciones, no pueden ser miembro de mesa de sufragio, los candidatos y personeros de las organizaciones políticas, ni los funcionarios y empleados de los organismos electorales.
Tampoco las autoridades políticas ni los ciudadanos que integran los comités directivos de las organizaciones políticas inscritas en el Jurado Nacional de Elecciones, entre otros casos.
Hay que recordar que de los miembros de mesa dependerá la instalación temprana y el correcto funcionamiento de la misma. Además, estos ciudadanos, el domingo 2 de octubre, son la máxima autoridad electoral en cada mesa de sufragio.
Para ejercer debidamente el cargo, los miembros de mesa serán preparados por los especialistas de las oficinas descentralizadas de procesos electorales y podrán participar en las jornadas de capacitación previstas para los domingos 18 y 25 de setiembre.
La multa por no ejercer el cargo de miembro de mesa es de S/ 230.00. Asimismo, los miembros de mesa que ejerzan el cargo recibirán una compensación económica de S/ 120.00 por cada jornada electoral (primera y segunda elección) durante las Elecciones Regionales y Municipales 2022.
En las elecciones regionales y municipales de octubre, los 24’760,062 electores hábiles en todo el país elegirán a las nuevas autoridades regionales y municipales (provinciales y distritales) para el período 2023-2026.
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