Poder Judicial falló a favor de un demandante el cambio de sexo de femenino a masculino en su partida de nacimiento y DNI. El abogado de familia José Chuman precisó que el siguiente paso es efectual los cambios en Reniec y la municipalidad.
Luego de que el Poder Judicial concediera una demanda sobre cambio de sexo de femenino a masculino en la partida de nacimiento y el Documento Nacional de Identidad (DNI) de un ciudadano en Cusco, el abogado de familia José Chuman precisó que en el fallo emitido por el magistrado Luis López Trelles prevalece el derecho a la identidad. Además, señaló que el siguiente paso será realizar los trámites correspondientes en el Registro Nacional de Identificación y Estado Civil (Reniec) y la municipalidad distrital.
"El juez ha ponderado esencialmente la prevalencia del derecho a la identidad de esta persona que ha generado esta acción judicial. Entendamos que en la Constitución tenemos consagrado el derecho prioritario a la defensa de nuestra dignidad como derecho fundamental. En ese orden de ideas, lo que se ha buscado auspiciar es que esta persona sea reconocida como en la práctica viene siendo identificada. Ese ha sido el caldo de cultivo para que se plantee la demanda judicial y se pida lo que en el coloquio del término se ha dispuesto como un cambio de sexo", dijo en La Rotativa del Aire de RPP.
"Ahora vienen los cambios que tengan que efectuarse a nivel de Reniec, a nivel de municipalidad distrital para que el género de la persona sea modificado. En este caso, este acto sobreviene no a un hecho natural, sino a un mandato judicial (...). Reniec es un órgano autónomo del Estado que tiene por objeto compendiar la información, sistematizarla, mas no cuestionar los mandatos judiciales", agregó.
Sentencia puede sentar un precedente
Chuman precisó que esta sentencia podría servir de precedente para casos posteriores, pero que será necesario demostrar siempre que existe una justificación en material legal y no de manera unilateral.
"(Puede servir como antecedente) siempre y cuando exista la ponderación de que haya una necesidad o una justificación a la ley, no de manera quizá unilateral o de manera antojadiza. Si yo acredito ante el Poder Judicial que tengo un perfil similar a la persona que ha generado la demanda. Es decir, un caudal probatorio, una justificación ante la ley. Querer sentirse identificado de tal o cual manera para no ser objeto de discriminación", finalizó.
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