La Corte Suprema reafirmó la sentencia de derecho a la muerte digna de Ana Estrada, con lo cual se ratifica la decisión que ya había dado el Poder Judicial en primera instancia.
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La Corte Suprema reafirmó la sentencia de derecho a la muerte digna de Ana Estrada, con lo cual se ratifica la decisión que ya había dado el Poder Judicial en primera instancia.
En mayo de este año, la Sala de Derecho Constitucional y Social Permanente de la Corte Suprema de Justicia convocó al juez supremo Augusto Ruidías Farfán para definir la decisión judicial en el caso Ana Estrada, al haber discordia en los votos de los cinco integrantes del tribunal.
Los magistrados David Quispe Salsavilca (presidente de la Sala), Jackeline Yalán Leal y Ramiro Bustamante Zegarra habían aprobado en parte la sentencia consultada, mientras que los jueces supremos Augusto Yaya Zumaeta y Ángela Cárdenas Salcedo desaprobaron la sentencia consultada al no estar de acuerdo con sus fundamentos.
Por tal razón, la Sala programó la nueva audiencia de vista de la causa para el viernes 3 de junio de 2022 en la que el juez supremo dirimente escuchó a las partes procesales. Este jueves, un mes y medio después de aquella sesión, el juez dirimente emitió su pronunciamiento.
Tras calificar de "histórica" la decisión de la Corte Suprema, la Defensoría del Pueblo recordó que aún queda por resolver los aspectos vinculados al protocolo médico para ejecutar el procedimiento de eutanasia, donde no hay pleno consenso.
Ello, debido a que, de los cuatro votos, el voto del presidente de la Sala difiere en los aspectos sobre cómo debe realizarse. Por ese motivo, el tribunal supremo ha convocado el próximo viernes 22 de julio a la jueza suprema dirimente, Sara Echevarría Gaviria, para decidir sobre los detalles procedimentales del protocolo.
"La Defensoría confía plenamente en que la vocal dirimente se pronunciará a favor de la propuesta de protocolo presentada por nuestra institución en la demanda de amparo. Solo así Ana Estrada podrá ejercer plenamente su derecho fundamental a una muerte en condiciones dignas, sin obstáculos", indicaron.
El voto dirimente
El tribunal supremo convocó a un magistrado dirimente en cumplimiento de lo dispuesto por el artículo 145 de la Ley Orgánica del Poder Judicial.
De acuerdo con el artículo 141 de la Ley Orgánica del Poder Judicial, para que una decisión de la Corte Suprema de Justicia quede firme, deben existir cuatro votos conformes para poner fin a la instancia correspondiente.
Como se recordará, el 11 Juzgado Constitucional de Lima, en febrero de 2021, declaró fundada en parte la demanda de amparo interpuesta por la Defensoría del Pueblo mediante la cual reconoció el derecho de Ana Estrada, afectada por una enfermedad incurable, a una muerte digna por la eutanasia y ordenó al Ministerio de Salud (Minsa) y a EsSalud a respetar su decisión.
Precisamente, en la nueva audiencia del proceso con el que se buscó ratificar la decisión del Poder Judicial y reconocer su derecho a una muerte digna, la la activista Ana Estrada se dirigió al juez solicitándole que pueda acceder a su pedido.
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