El magistrado Gustavo Gutiérrez Ticse anunció que el Tribunal Constitucional tomó la decisión unánime del retiro del "muro de la vergüenza" que divide La Molina y Villa María del Triunfo al considerarlo "discriminatorio".
El Tribunal Constitucional (TC) tomó la decisión por unanimidad de ordenar la destrucción del muro que divide los distritos de Villa María del Triunfo y La Molina, denominado 'Muro de la vergüenza', en un plazo de 180 días, según anunció el magistrado Gustavo Gutiérrez Ticse.
"Hemos tomado una decisión unánime de que el muro que divide La Molina con Villa María del Triunfo tiene que ser derribado en un plazo breve, ya lo dirá la sentencia exactamente ¿por qué razón? Porque es una muestra no solo es un atentado a la libertad de tránsito, sino sobretodo es un muro discriminatorio porque divide dos clases sociales y eso es inadmisible en una democracia contemporánea", dijo en el programa Todo se sabe de RPP.
"Vulneración de la igualdad"
Gustavo Gutiérrez Ticse señaló que la decisión del Tribunal Constitucional contribuye a la "paz social" y no significa que se dejará "margen para las invasiones", por el contrario, indicó, se exhorta a que se dicten "leyes represivas contra el tráfico de terrenos".
"Más que todo es el mensaje de vulneración de la igualdad. No puede ser que dividamos a los peruanos por clases sociales. Eso es inadmisible, ya no ocurre en ninguna parte del mundo. Esta sentencia creo que va a dejar un precedente importante. Y creo que los poderes públicos y la sociedad civil deben enrumbar en busca de diálogo, de paz social, de entendimiento, de tolerancia y de respeto a instituciones", sostuvo.
Además, Gustavo Gutiérrez Ticse explicó que por tradición en el Tribunal Constitucional las causas votadas por principio de transparencia se adelantan a la opinión pública, pero que la sentencia se publica después que se colectan las firmas.
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"El plazo para el retiro del muro es de 180 días a partir de la publicación de la sentencia", aseguró.
El 20 de diciembre, el Tribunal Constitucional informó que declaró fundada la demanda presentada por Carlos Francisco Hinostroza Rodríguez contra el entonces alcalde de la Municipalidad Distrital de La Molina, Juan Carlos Zureck Pardo-Figueroa por el caso del muro.
En el expediente Nº 01606-2018-PHC/TC, se denuncia la vulneración de los derechos al libre tránsito, de igualdad y a no ser discriminado por razón de condición económica y social.
El muro, de 4.5 kilómetros de extensión, fue construido por la municipalidad de La Molina en el año 2011 con la intención de que no avancen invasiones ante la falta de control urbano en distritos vecinos.
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